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Condenan a más de 26 años de prisión a alias Martín Llanos por crímenes de lesa humanidad
El exjefe paramilitar fue hallado culpable de tortura, homicidio y desaparición forzada de al menos 17 personas durante su control territorial en varios municipios del departamento.
Un juez especializado de Yopal condenó a 26 años y ocho meses de prisión a Héctor Germán Buitrago, excomandante de las Autodefensas Campesinas del Casanare, por crímenes de lesa humanidad cometidos entre 2003 y 2004.
La sentencia también cobija a su hermano, Nelson Buitrago, quien recibió la misma pena por su responsabilidad en los delitos de tortura, homicidio y desaparición forzada de al menos 17 personas en el departamento de Casanare.
De acuerdo con el fallo judicial, durante el periodo comprendido entre 2003 y 2004, los hoy condenados ordenaron identificar y atacar a quienes consideraban una amenaza para sus actividades ilícitas o para el control territorial en municipios como Villanueva, Monterrey, Aguazul y Yopal.
El fallo establece que cualquier persona desconocida o que se opusiera a sus intereses era considerada sospechosa y convertida en objetivo de desaparición, tortura o asesinato, en el marco de una política sistemática de violencia contra civiles.
Entre los hechos más graves documentados por la justicia se encuentra la desaparición de una menor de 16 años, quien había sido reclutada de manera forzada en 2003 y, tras intentar regresar a la vida civil, fue nuevamente secuestrada el 15 de marzo de 2004 por integrantes de las Autodefensas. Hasta la fecha, se desconoce su paradero.
La sentencia también incluyó a otros exintegrantes de la organización armada. Josué Darío Orjuela fue condenado a 26 años y ocho meses de prisión, mientras que Héctor Gregorio Hernández recibió una pena de 17 años y 11 meses por el delito de homicidio.
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El proceso judicial, iniciado formalmente en 2012, evidenció un patrón sistemático de represión utilizado por alias Martín Llanos y su estructura para consolidar el control social y territorial en la región.
Además de las penas privativas de la libertad, el juzgado ordenó a los condenados pagar 50 salarios mínimos legales mensuales vigentes a los familiares de cada una de las víctimas como medida de reparación.
El fallo también prohíbe que los condenados accedan a beneficios como libertad condicional o prisión domiciliaria, por lo que deberán cumplir la totalidad de la pena en un centro carcelario.
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