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Gobierno Petro declara hábiles varios sábados para acelerar contratación a menos de 30 días de dejar el poder

Presidencia amplía días hábiles para procesos de contratos antes del 7 de agosto.

Casa de Nariño
Por Agencia Periodismo Investigativo | Mié, 08/07/2026 - 11:22 Créditos: Casa de Nariño. Tomada de Presidencia de Colombia

A menos de un mes de la finalización del gobierno del presidente Gustavo Petro, el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (DAPRE) expidió la Resolución 0478 del 6 de julio de 2026, mediante la cual declaró como días hábiles varios sábados de julio y los dos primeros de agosto con el propósito de adelantar procesos precontractuales, contractuales, administrativos y presupuestales.

La decisión permitirá que actuaciones que normalmente no podrían surtirse durante fines de semana se desarrollen oficialmente en esas fechas para efectos legales.

El acto administrativo establece que los días 11, 12, 18, 19, 20, 25 y 26 de julio, así como el 1 y 2 de agosto, serán considerados hábiles exclusivamente para los trámites relacionados con los procesos de selección y contratación que adelante el DAPRE, además de otras actuaciones administrativas y presupuestales.

La resolución fue expedida por la directora del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y quedó sustentada en normas como la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 1081 de 2015.

En la parte considerativa del documento, la Presidencia argumenta que la medida busca garantizar la continuidad de la función pública durante el proceso de empalme con el gobierno entrante.

El texto sostiene que la decisión pretende asegurar la adecuada gestión administrativa, la atención de las necesidades misionales del DAPRE y la transferencia del conocimiento institucional, invocando además los principios constitucionales de eficacia, eficiencia, economía, coordinación y continuidad de la función administrativa.

El artículo primero de la resolución declara administrativamente hábiles esas jornadas para adelantar trámites precontractuales y contractuales "en todos los procesos de selección", así como actuaciones administrativas y presupuestales.

El parágrafo aclara que la decisión no genera el reconocimiento ni el pago de horas extras a los servidores públicos, debido a que la habilitación de esos días tiene como único propósito permitir el cómputo de términos legales y facilitar el avance de los respectivos procedimientos administrativos.

Por su parte, el artículo segundo ordena a cada dependencia del DAPRE organizar la programación del personal que prestará sus servicios durante esas jornadas, con el fin de garantizar el funcionamiento institucional y el cumplimiento de las actividades previstas.

La resolución señala que cada oficina podrá coordinar internamente la prestación del servicio para desarrollar las actuaciones contempladas en el acto administrativo.

La expedición de esta resolución ocurre cuando restan menos de treinta días para el cambio de gobierno previsto para el 7 de agosto.

En ese contexto, la habilitación extraordinaria de sábados permite ampliar el número de jornadas disponibles para adelantar procedimientos de contratación y actuaciones administrativas antes del cierre de la actual administración, al tiempo que busca evitar la suspensión de términos durante el proceso de transición gubernamental.

Desde el punto de vista jurídico, la declaratoria de días hábiles para actuaciones administrativas es una figura prevista dentro del ordenamiento colombiano y puede ser utilizada por las entidades públicas mediante acto administrativo debidamente motivado.

No obstante, tratándose de una decisión adoptada en la fase final de un gobierno, la medida podría concentrar la atención sobre el volumen y la oportunidad de los procesos contractuales que eventualmente se adelanten durante esas fechas, los cuales permanecen sometidos a los principios de transparencia, selección objetiva, publicidad y control fiscal establecidos en la legislación colombiana.

La resolución no modifica el calendario laboral general del país ni convierte esos sábados en días hábiles para todos los efectos legales. Su alcance se limita exclusivamente a los procedimientos adelantados por el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República en los términos previstos en el acto administrativo, el cual entró en vigor tras su expedición el pasado 6 de julio de 2026.

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