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Dilan Cruz y el drama judicial de su progenitora

El joven estudiante fallecido en enfrentamiento con el Esmad vivía su propia tragedia. Su madre Yenny Alejandra Medina Pulido de 40 años de edad, ha sido condenada por la justicia tres veces, está privada de la libertad en una cárcel de alta seguridad y ha tenido al menos 10 expedientes abiertos.

Por Agencia Periodismo Investigativo |

Dilan Cruz, el fallecido joven de 18 años, estudiante de último grado del colegio Ricaurte y quien se convirtió en el símbolo del paro nacional que agita al país hace dos semanas, vivió desde muy pequeño su propia tragedia. 

Fueron pocas veces las que Dilan, como anhelaba, pudo compartir con su progenitora en libertad. Yenny Alejandra Medina Pulido, una mujer de 40 años de edad, desde hace una década, ha entrado varías veces a prisión, tras ser procesada por el delito de hurto agravado. Una conducta que ha derivado en al menos 10 expedientes abiertos y tres condenas.   

El asfalto gris de la calle 19 con carrera cuarta, en pleno corazón de Bogotá, hoy tiene color. Flores, mensajes y velas cubren una pequeña esquina de la avenida. Es el lugar donde Dilan se desvaneció tras ser impactada su cabeza con una bala bean bag, un cartucho plástico que en su interior tiene un saco de tela con perdigones de plomo. 

Un capitán del Escuadrón Antidisturbios de la Policía, Esmad, le disparó a corta distancia su arma calibre 12 en medio de las manifestaciones del sábado 23 de noviembre.

Los jóvenes se acercan al lugar, se arrodillan y ponen flores, en un intento por mantener vivo su recuerdo y para que su historia no se repita. Pero la historia de Dilan no se limita al día en que cayó en el pavimento, inconsciente.

Dilan Cruz, muerto por enfrentamiento con Esmad


Ese día, mientras se alistaba para salir a marchar, su madre Yenny Alejandra, pasaba un día más de reclusión, a 593 km de Bogotá. Allí está ubicada la Reclusión de Mujeres de Jamundí, en donde están privadas de la libertad 1.275 mujeres, padeciendo un hacinamiento del 13.4%, alimentación escasa y un régimen más estricto que el del Buen Pastor en Bogotá.

La historia de la madre de Dilan es compleja. La primera vez que Yenny Alejandra Pulido enfrentó a la justicia fue en el año 2008, para ese entonces tenia 29 años y Dilan era apenas un niño de siete años.

 

En los meses de mayo, junio, julio y agosto de ese año, fueron radicadas cinco causas en su contra. Seis querellas que interpusieron Harvey Rodríguez Reina, Luis Hernando Herrera Suárez, John Bayer Sabogal, William Samuel Cuesta y una más que presentó el representante legal Arturo Calle. En todos los casos fue sindicada de hurto en almacenes.

Un año después, el 28 de agosto de 2009 fue capturada en flagrancia junto con su amiga Mónica Tapasco Vidal y recluida en los calabozos de la Unidad de Reacción Inmediata URI de Usaquén. Ese mismo día la Fiscalía le imputó los delitos de hurto agravado en tentativa, pero ni ella ni su amiga aceptaron los cargos. 

El ente acusador retiró la solicitud de imposición de medida de aseguramiento en establecimiento carcelario pero el proceso continuó. Durante casi un año las audiencias siguientes fueron aplazadas por la defensa y la Fiscalía hasta que el 28 de octubre de 2010 el juez 17 penal municipal de Bogotá decretó la preclusión.

Carta Yenny Alejandra Medina


Pero los problemas continuaron. En el año 2010 fue capturada dos veces. El 11 de febrero el juez 64 de garantías declaró la legalidad de su captura por el delito de hurto agravado y también avaló la imputación. 

Sin embargo, por ser un delito menor, la mujer fue dejada en libertad por solicitud de la Fiscalía, pero el proceso siguió. Posteriormente, el 21 de mayo, formuló acusación y casi tres meses después, el fiscal del caso intentó otorgarle principio de oportunidad pero ni ella ni su abogada asistieron a la audiencia.

El tiempo transcurrió y luego de dos años en los que la Fiscalía y el abogado de la víctima no asistieron a varias audiencias y un testigo clave no compareció, el juzgado 12 penal municipal de Bogotá la absolvió.

En este entorno  enfrentó otro proceso y el 31 de julio de 2010 fue capturada y recluida en las celdas de la URI de Kennedy. De nuevo, la Fiscalía la sindicó de hurto. Sin embargo, el juez segundo de garantías de Bogotá, declaró ilegal su captura por violación al debido proceso y ordenó su libertad. 

Reclusión de Mujeres El Buen Pastor

“No en cuanto al procedimiento como tal si no por vulneración de los derechos de defensa y debido proceso de la indiciada, por no haber sido entrevistada oportunamente por el defensor técnico, razones por las cuales no se imparte legalidad”, aseguró el juez de caso. 

El proceso siguió su curso y aunque fue condenada el juez decidió otorgarle el beneficio de suspensión provisional. Es decir, que durante el tiempo determinado no podía incurrir en otro delito y debía tener buen comportamiento.

Pero no fue así. El 10 de agosto de 2011 el juzgado 65 de garantías de Bogotá legalizó la captura de Yenny Alejandra por hurto agravado y recibió su primera boleta de reclusión formal, la 088. Su abogada apeló, pero la decisión fue confirmada por el juzgado 29 penal de conocimiento. 

En esta ocasión, acorralada por las pruebas aceptó cargos. El 30 de noviembre de 2011 fue condenada a 10 meses y 15 días de prisión. En esta oportunidad el juez no accedió a otorgarle la suspensión de la pena o la prisión domiciliaria. La víctima en este caso Lilia García Vasquez pidió justicia y estuvo al frente del proceso hasta el final.

Era tal su deseo de ver a Dilan, que seis meses después solicitó la libertad por pena cumplida al juzgado 27 de ejecución de penas de Bogotá, pero está la negó hasta tanto no pagara la multa. En el entretanto, el juez 16 de ejecución de penas, profirió un auto el 13 de junio de 2012 exigiéndole a Yenny Alejandra informara sobre el incumplimiento.

Dilan recordando a mamá


“Se establece que estando dentro del periodo de prueba por este proceso, cometió otro delito, se ordena correr traslado de la prueba de incumplimiento, específicamente la de observar buena conducta, para que dentro de los tres días siguientes presente explicaciones”, advirtió el juez, pero Yenny no contestó porque cuando intentaron notificarla en el establecimiento carcelario, ya había recobrado la libertad.

Pero más se demoró en recobrar la libertad cuando en octubre de 2012 fue sorprendida una vez más. El juez 10 penal municipal de garantías legalizó su captura por hurto agravado. 

No obstante, el juez la dejó en libertad. A mediados de 2013 en la audiencia de formulación de acusación aceptó cargos y al poco tiempo fue condenada a 27 meses y siete días de prisión. Era su tercera condena.

Un caso que llegó al despacho del juez 15 de ejecución de penas de Bogotá para la vigilancia de esta condena. Así las cosas, el 19 de septiembre de 2013 le solicitó a la Dijin la captura de Yenny Alejandra. 

Pasaron varios meses y la Policía no lograba ubicarla y el despacho emitió un nuevo auto, “remítase copia de la orden de captura de 27 de agosto de 2013 número 12-1762 emitido en contra de Yenny Alejandra Medina Pulido (...) a la espera de la materialización de la orden de captura emitida en contra de la penada”.

Audiencia Paloquemao hurto


A pesar de la insistencia del juzgado, pasaron nueve meses antes de que se ejecutara la orden judicial. El 12 de mayo de 2014, la Policía Metropolitana de Bogotá informó al juez de su captura. Fue enviada a la cárcel de Mujeres El Buen Pastor. 

Al año siguiente, en marzo de 2015 el juez dirigió un oficio a la oficina jurídica de esa reclusión femenina informando que su homólogo, el juez 107 de ejecución de penas también la requería.

En este contexto se presentaron dos fenómenos. El cierre de 41 cárceles por orden judicial ante un hacinamiento superior al 51% que derivó en la modificación del Código Penal, de Procedimiento Penal y Penitenciario. 

Cambios que significaron beneficios para Yenny Alejandra. La razón es que en uno de los artículos de la norma se determinó que cuando los internos cumplieran la mitad de la pena por delitos menores podían solicitar la prisión domicilaria.

La mujer hizo la petición, fue aceptada por el juez y a finales de octubre de 2015 fue trasladada a su casa en el barrio Ricaurte, para que terminara de cumplir su condena al lado Dilan y su hermana.

CÁRCEL JAMUNDI


Pero vinieron nuevos líos. En el mes de diciembre de ese año, el Inpec realizó un visita a Yenny y no la encontró en su domicilio. El 14 de abril de 2016 el juez decidió revocar la prisión domiciliaria. Tiempo después salió por pena cumplida.

No cumplió cuatro meses en libertad cuando nuevamente fue capturada también por hurto agravado, no aceptó cargos y la Fiscalía no solicitó su reclusión en establecimiento carcelario. Por ser en modalidad de tentativa y un delito menor, aunado a que reparo a la víctima, el juzgado 12 penal municipal declaró la preclusión.

Así ha transcurrido la vida de la progenitora de Dilan. En reconocidos almacenes, detectada por hurto, con procesos ante la justicia y condenada en varias ocasiones por jueces de la República. Una continuidad en prisión en los últimos años, con pocas oportunidades de ver en libertad a sus hijos y menos un referente para ellos.   

Su más reciente caso sucedió en marzo de este año. Ese día, el juzgado 41 penal municipal de garantías declaró legal su captura. El pasado 1 de noviembre se realizó la audiencia preparatoria. 

Registros oficiales muestran que Yenny Alejandra tiene otros procesos también en Cali. El juzgado 31 penal municipal de esa ciudad lleva un expediente por hurto. Por ser reincidente y ser requerida en otros cuatro procesos fue traslada a la Reclusión de Mujeres de Jamundi, una cárcel de alta seguridad.

El pasado 26 de noviembre fue trasladada a Bogotá pero esta vez para darle el último adiós a su hijo Dilan quien pasó la mayor parte de su vida sufriendo los líos judiciales de su madre. Meses antes había subido a sus redes sociales, “madre preciosa, te debo tanto y tengo tan poco”.

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