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Supersalud impone medida cautelar a la Clínica Juan N. Corpas por riesgo en la atención de pacientes
Auditoría destapó irregularidades en medicamentos, historias clínicas, personal y capacidad real de la clínica.
La Superintendencia Nacional de Salud impuso una medida cautelar a la Clínica Juan N. Corpas, en Bogotá, tras una auditoría realizada entre el 20 y el 24 de abril de 2026 que reveló múltiples fallas en la prestación del servicio. La Supersalud ordenó la cesación provisional de las acciones que comprometen la vida e integridad de los pacientes y exigió correctivos inmediatos.
Entre los hallazgos más graves figura una discrepancia entre la capacidad instalada real de la clínica y la información registrada oficialmente en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud (REPS).
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Asimismo, los auditores encontraron que la institución mantiene habilitados servicios que no presta y que el número real de camas, camillas y consultorios no coincide con el reportado. Según la Supersalud, esto afecta la confiabilidad del sistema, dificulta los procesos de referencia y contrarreferencia, y genera barreras de acceso para los usuarios.
En el área farmacéutica, la situación fue igualmente preocupante: se detectaron medicamentos almacenados de forma inadecuada, sin rotulación y en espacios que no cumplen la normatividad, junto con ausencia de controles sobre fechas de vencimiento y falta de trazabilidad de dispositivos médicos e insumos. Los auditores también encontraron fallas en la comunicación con pacientes y familiares, registros incompletos en historias clínicas y debilidades generales en las prácticas de seguridad del paciente.
En materia de talento humano, la auditoría reveló vacantes recurrentes en enfermería, ausencia de un estudio formal sobre necesidades de personal y retrasos en el pago de salarios, seguridad social y honorarios a contratistas, lo que representa riesgos tanto operativos como financieros.
Como consecuencia, la Supersalud ordenó a la clínica actualizar de inmediato su información en el REPS, fortalecer las prácticas de seguridad del paciente e implementar controles estrictos en el manejo de medicamentos. Además, la institución deberá ejecutar 84 procedimientos de cirugía ambulatoria pendientes en un plazo máximo de tres meses, y resolver 694 consultas especializadas represadas en no más de seis meses.
También tendrá que presentar un plan de pagos para saldar sus obligaciones laborales y contractuales, y remitir a la Supersalud un plan de trabajo detallado dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación de la resolución, realizada el 5 de mayo.
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