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Consejo de Estado suspende decreto que ordenaba trasladar recursos de fondos de pensiones a Colpensiones

La decisión frena uno de los movimientos más polémicos de la reforma pensional.

Demandan decreto que limita inversiones de fondos de pensiones
Por Agencia Periodismo Investigativo | Lun, 11/05/2026 - 15:45 Créditos: Imagen ilustrativa generada con IA- Nano Banana

El Consejo de Estado suspendió provisionalmente los efectos del Decreto 415 del 20 de abril de 2026, mediante el cual el Gobierno nacional había reglamentado el traslado de recursos del Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS) a Colpensiones, que administra el Régimen de Prima Media.

La medida fue adoptada por el magistrado ponente de la Subsección B de la Sección Segunda, dentro de cuatro procesos acumulados al expediente principal 1023-2026, y cobija todo el decreto salvo los apartes que ya habían sido suspendidos en una decisión anterior del 28 de abril.

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El despacho dio trámite urgente a la solicitud de medida cautelar al advertir que el decreto fijaba plazos muy cortos para ejecutar el traslado, lo que podría hacer ineficaz cualquier decisión judicial posterior si los recursos ya habían sido movidos.

En el fondo, el Consejo de Estado concluyó que el Ejecutivo se excedió en su potestad reglamentaria. La Ley 2381 de 2024 —la reforma pensional— había destinado en su artículo 24 esos recursos al Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo, pero el Decreto 415 los redirigió directamente a Colpensiones, contradiciendo lo que la propia ley ordenaba. 

Para el despacho, modificar el destino de esos fondos es una materia reservada al legislador, no al Gobierno mediante decreto, por lo que la suspensión parcial de la Ley 2381 por parte de la Corte Constitucional no le daba al Ejecutivo licencia para hacer ese cambio por vía reglamentaria.

El tribunal también señaló una contradicción interna en la postura del Gobierno: el propio Decreto 1225 de 2024, expedido por la misma administración, había reconocido que los recursos de las cuentas de ahorro individual debían permanecer en manos de las administradoras de fondos de pensiones hasta que se consolidara el derecho pensional o entrara en funcionamiento el Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo. El Decreto 415 de 2026 rompió ese esquema sin respaldo legal suficiente, según la providencia.

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