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Corte Suprema envía a la Fiscalía caso de exministro Armando Benedetti por presuntas recomendaciones en la Dian
Nuevo lío judicial del exfuncionario del gobierno Petro.
La Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia remitió a la Fiscalía General de la Nación el expediente relacionado con Armando Benedetti por las presuntas recomendaciones de personas para ocupar cargos en la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), al concluir que carece de competencia para investigar los hechos atribuidos al exministro del Interior.
La determinación del alto tribunal está relacionada con la condición que tenía Benedetti para la época en la que habrían ocurrido las actuaciones objeto de revisión. El dirigente político dejó de ser senador de la República el 19 de julio de 2022 y las gestiones por las que fue mencionado se habrían producido posteriormente, cuando ya no contaba con la investidura de congresista.
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Por esta razón, la Sala Especial de Instrucción decidió abstenerse de continuar con la actuación en su contra y dispuso el traslado íntegro del expediente a la Fiscalía Delegada ante la Corte Suprema de Justicia, organismo que deberá determinar si existen elementos que permitan avanzar en una investigación penal.
El caso surgió a partir de las denuncias formuladas por Luis Carlos Reyes, exdirector general de la Dian, quien señaló que durante su administración recibió recomendaciones de congresistas, exfuncionarios y dirigentes políticos relacionadas con personas que aspiraban a ingresar a la entidad, obtener ascensos, ser trasladadas o asumir determinadas responsabilidades dentro de la administración tributaria.
Entre los nombres que aparecieron vinculados a esas presuntas gestiones estuvo el de Benedetti. El asunto llegó a conocimiento de la Corte Suprema debido a que el dirigente había ejercido como senador, pero la revisión sobre las fechas de los hechos llevó a los magistrados a establecer que las actuaciones atribuidas al exministro habrían ocurrido cuando ya había terminado su periodo en el Congreso.
La decisión de remitir el expediente no representa una declaración de responsabilidad penal contra Benedetti ni significa que la Corte haya determinado que cometió algún delito.
La medida responde a una cuestión de competencia y deja ahora en manos de la Fiscalía la valoración de la información recopilada y la definición sobre el curso que tendrá el caso.
La Fiscalía deberá examinar el expediente recibido, establecer las circunstancias en las que se habrían producido las recomendaciones y determinar si los hechos tienen relevancia penal.
A partir de esa revisión podrá adoptar las decisiones que correspondan de acuerdo con las evidencias disponibles.
El expediente podría volver posteriormente a la Corte Suprema de Justicia si el trámite penal avanza hasta una etapa en la que corresponda al alto tribunal asumir el conocimiento del proceso.
Por ahora, la actuación queda en cabeza de la Fiscalía, que tendrá que establecer si existen méritos para continuar el procedimiento contra Benedetti.
La Sala Especial de Instrucción también examinó la situación de los congresistas y excongresistas cuyos nombres fueron mencionados dentro del caso de las presuntas recomendaciones en la Dian.
La actuación preliminar involucró a 32 legisladores, según la información conocida sobre la decisión.
Después de revisar el material recopilado, la Corte decidió archivar la indagación preliminar respecto de esos congresistas al considerar que no existían elementos suficientes para abrir una investigación formal por los hechos denunciados.
El análisis se concentró, entre otros aspectos, en establecer si los legisladores habían utilizado su condición de congresistas para intervenir de manera indebida en decisiones administrativas de la Dian y si las recomendaciones podían configurar una conducta penal relacionada con tráfico de influencias.
Según la valoración efectuada en la actuación, aunque la entidad recibió varias hojas de vida, aparentemente por medio del enlace legislativo de la Dian, las decisiones sobre ingresos, ascensos, traslados y designaciones de directores seccionales correspondieron al director general y debían cumplir los requisitos previstos para cada cargo.
Con base en los elementos examinados durante la etapa preliminar, la Sala concluyó que no había fundamentos suficientes para avanzar contra los congresistas por el delito que había sido planteado inicialmente. En consecuencia, dispuso el archivo de esas actuaciones.
El archivo, sin embargo, corresponde a la información disponible y valorada durante esta etapa. La actuación podría ser revisada nuevamente si posteriormente aparecen hechos o elementos nuevos que tengan incidencia sobre las conclusiones adoptadas.
La situación de Benedetti tuvo un tratamiento diferente. En su caso, la Corte no adoptó una decisión de fondo sobre la existencia o inexistencia de una conducta penal, sino que determinó que no era la autoridad competente para continuar con la investigación debido a que las actuaciones señaladas habrían ocurrido después de que dejó el Senado.
Así, el expediente relacionado con Benedetti inicia una nueva etapa ante la Fiscalía General de la Nación. Será ese organismo el encargado de revisar el material remitido por la Corte, determinar el alcance de las presuntas recomendaciones y establecer si existen elementos jurídicos y probatorios para continuar una investigación penal.
La decisión separa, de esta manera, dos situaciones derivadas de las denuncias sobre presuntas recomendaciones de cargos en la Dian: mientras la Corte archivó la indagación preliminar respecto de los congresistas examinados, el caso de Armando Benedetti fue remitido a la Fiscalía por falta de competencia del alto tribunal para investigar hechos ocurridos cuando ya no ejercía como senador.
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