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Tribunal de Bogotá niega tutela contra Petro por no reconocer el triunfo electoral de Abelardo De La Espriella
La Sala Penal concluyó que la posición del presidente saliente carece de efectos jurídicos y no vulnera derechos fundamentales.
La Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá negó una acción de tutela presentada contra el presidente Gustavo Petro por su decisión de no reconocer públicamente la elección de Abelardo De La Espriella como presidente de Colombia, tras los comicios del pasado 21 de junio.
La tutela había sido interpuesta por un ciudadano que solicitaba la protección de los derechos constitucionales a la confianza legítima y a participar en la conformación, el ejercicio y el control del poder político, al considerar que las declaraciones y publicaciones del mandatario en redes sociales vulneraban esas garantías.
Al resolver el caso, la Sala Penal —integrada por los magistrados Carlos Héctor Tamayo Medina, Xenia Rocío Trujillo Hernández y Jaime Andrés Velasco Muñoz— señaló que las autoridades electorales ya adoptaron una decisión definitiva sobre los resultados de la segunda vuelta presidencial, por lo que la postura expresada por el jefe de Estado no tiene incidencia jurídica.
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En la sentencia, el Tribunal afirmó que "la opinión del actual presidente de la República sobre el particular es, jurídicamente hablando, del todo irrelevante; por eso mismo, carente de efecto jurídico alguno y, por ende, incapaz de lesionar derechos constitucionales fundamentales".
Además de negar las pretensiones del accionante, la Sala Penal aprovechó el fallo para llamar la atención sobre el creciente uso de la acción de tutela en asuntos que, a su juicio, exceden la finalidad para la cual fue concebida.
En ese sentido, el Tribunal advirtió que "las acciones de tutela están abarcando desde la situación de la persona a la que no se le resuelve una petición hasta las controversias en torno a la elección presidencial, pasando por toda clase de dramas y dificultades que cotidianamente vive la gente, lo cual nos ha convertido, predominantemente, en jueces y magistrados de tutela, con la consecuente parálisis de los casos correspondientes a nuestra especialidad".
Con esta decisión, el Tribunal Superior de Bogotá dio por resuelta la tutela y reiteró que las manifestaciones públicas del presidente Petro sobre el resultado electoral no tienen efectos legales frente a la elección ya definida por las autoridades competentes.
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