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Detalles del embargo de las cuentas del Pacto Histórico
Embargan cuentas del Pacto Histórico, partido de Gustavo Petro e Iván Cepeda, por millonaria deuda.
La determinación fue adoptada por el Juzgado Primero Civil del Circuito de Barrancabermeja, que dispuso el embargo y secuestro de los dineros depositados en una cuenta de ahorros del movimiento político en Confiar Cooperativa Financiera. La medida comprende tanto los recursos existentes como aquellos que posteriormente ingresen a la cuenta identificada en el expediente.
La orden judicial, fechada el 23 de septiembre de 2026 y conocida públicamente este martes 27 de octubre, establece que la entidad financiera deberá retener los recursos hasta el límite fijado por el despacho y ponerlos a disposición de la autoridad judicial correspondiente.
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El proceso tiene su origen en una reclamación presentada por la empresaria santandereana Bibiana Piedad Pérez Arroyo, quien asegura que entregó $450 millones para financiar actividades de la campaña presidencial de Gustavo Petro en 2022 y que, transcurridos cuatro años, el dinero no le ha sido devuelto.
Según la documentación conocida del caso, el préstamo fue otorgado el 18 de mayo de 2022, pocos días antes de la primera vuelta presidencial celebrada el 29 de mayo de ese año. La demandante reclama el reintegro del capital y el reconocimiento de los intereses derivados de la obligación.
El crédito aparece relacionado con los registros financieros de la campaña presidencial reportados ante el Consejo Nacional Electoral (CNE), a través del aplicativo Cuentas Claras, utilizado para presentar los ingresos y gastos de las organizaciones políticas y sus candidatos.
En esos registros, la campaña de Petro reportó ingresos por aproximadamente $19.477 millones durante la primera vuelta electoral. Parte de los recursos procedía de operaciones de crédito con entidades financieras y de préstamos particulares destinados a cubrir los gastos de la contienda.
Entre las entidades relacionadas con la financiación de aquella campaña figuraron Banco de Bogotá, GNB Sudameris, Confiar Cooperativa Financiera y Coofinep, además de aportantes particulares registrados en los informes electorales.
La reclamación de Pérez Arroyo derivó en un proceso civil que inicialmente involucró al movimiento Colombia Humana y a Ricardo Roa Barragán, quien ejerció como gerente de la campaña presidencial de Gustavo Petro y posteriormente ocupó la presidencia de Ecopetrol.
La orden de embargo terminó extendiéndose al Pacto Histórico como consecuencia del proceso de fusión de Colombia Humana con otras organizaciones políticas que integraban la coalición.
El acuerdo de fusión suscrito por las colectividades contempla la transferencia de determinadas obligaciones jurídicas, administrativas y financieras al nuevo movimiento político, incluidos compromisos adquiridos por las organizaciones participantes antes de su integración.
En particular, el documento establece que el Pacto Histórico asume obligaciones derivadas de procesos administrativos sancionatorios iniciados antes de su registro, así como compromisos relacionados con el funcionamiento de las organizaciones fusionadas. La inclusión del nuevo partido en el proceso de cobro fue determinada por el despacho judicial que conoce la reclamación.
De esta manera, las cuentas del Pacto Histórico quedaron vinculadas a las medidas cautelares decretadas para respaldar la obligación económica reclamada por la empresaria santandereana.
El juzgado fijó en $1.500 millones el límite de la medida sobre la cuenta de Confiar Cooperativa Financiera. Esta cantidad corresponde al máximo autorizado para la retención judicial y no significa que el préstamo original haya tenido ese valor.
La obligación reclamada por la demandante asciende a $450 millones de capital, a los que se suman los intereses exigidos dentro del proceso.
En actuaciones anteriores del mismo expediente también se habían dispuesto medidas cautelares relacionadas con Ricardo Roa, entre ellas el embargo de ingresos y decisiones sobre siete bienes inmuebles registrados a su nombre.
El exgerente de la campaña presidencial aparece vinculado al litigio por las responsabilidades que ejerció durante la administración de los recursos utilizados en la contienda electoral de 2022.
Roa fue responsable de la gerencia financiera de la candidatura, función que comprendía la administración de ingresos, la autorización de gastos y la presentación de los informes correspondientes ante las autoridades electorales.
El embargo se produce durante la reorganización del Pacto Histórico como partido político unificado, después de que Gustavo Petro asumiera la presidencia de la colectividad en octubre de 2026.
La organización política reúne sectores que participaron en la coalición que respaldó la candidatura presidencial de Petro en 2022, entre ellos Colombia Humana y otras agrupaciones de izquierda.
Iván Cepeda, uno de los principales dirigentes del Pacto Histórico y figura de su proyecto político, también ha participado en el proceso de consolidación de la colectividad. La orden de embargo conocida afecta recursos del partido y no constituye una medida cautelar contra las cuentas personales del senador.
El caso judicial por los $450 millones coincide con otras actuaciones relacionadas con la financiación y los gastos de la campaña presidencial de 2022.
Una de ellas corresponde al proceso penal que adelanta la Fiscalía General de la Nación contra Ricardo Roa por la presunta violación de los topes de gastos electorales establecidos para las elecciones presidenciales.
En mayo de 2026, la Fiscalía imputó cargos al exgerente de campaña por hechos relacionados con la administración de los recursos de la candidatura.
De acuerdo con la investigación del ente acusador, la campaña habría superado los límites de gastos autorizados en aproximadamente $1.388 millones durante la primera vuelta y $276 millones durante la segunda, para un total cercano a $1.664 millones.
La Fiscalía atribuye a Roa presuntas irregularidades relacionadas con la autorización de gastos, la administración financiera y el reporte de operaciones económicas efectuadas durante la campaña.
Entre los conceptos examinados por los investigadores se encuentran servicios de transporte, publicidad, alimentación, logística y organización de actividades proselitistas.
Roa no aceptó los cargos formulados por la Fiscalía y ha defendido la legalidad del manejo financiero de la campaña. El proceso continúa en la jurisdicción penal y el exfuncionario conserva la presunción de inocencia.
En agosto de 2026, el ente investigador radicó el escrito de acusación correspondiente. La audiencia de acusación fue programada para el viernes 30 de octubre, a las 2:00 p. m., ante el Juzgado 11 Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá.
La investigación penal por los presuntos excesos en los gastos electorales es independiente del proceso civil adelantado en Barrancabermeja para reclamar el pago del préstamo de $450 millones.
A estas actuaciones se suma otro litigio relacionado con obligaciones económicas de la campaña de 2022, promovido por la Sociedad Aérea de Ibagué (Sadi), empresa que prestó servicios de transporte aéreo durante actividades electorales.
La compañía reclama aproximadamente $1.109 millones por servicios que, según su demanda, fueron contratados durante la campaña y quedaron pendientes de pago.
En noviembre de 2024, Sadi presentó una demanda contra Ricardo Roa para obtener el reconocimiento de la obligación. El proceso dio lugar a actuaciones judiciales y medidas cautelares sobre bienes del exgerente.
Esta reclamación corresponde a una obligación distinta de la presentada por Bibiana Piedad Pérez Arroyo y no forma parte del embargo decretado sobre la cuenta del Pacto Histórico en Confiar Cooperativa Financiera.
Por otra parte, el Consejo Nacional Electoral adelantó actuaciones administrativas relacionadas con la financiación de la campaña presidencial de 2022, incluidos expedientes por presuntas irregularidades en los ingresos y gastos reportados.
En abril de 2026, el organismo electoral confirmó sanciones relacionadas con infracciones a las disposiciones sobre financiación y límites de gastos de campaña. Estas actuaciones tienen un alcance diferente del proceso de cobro que cursa ante el juzgado de Barrancabermeja.
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