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Corte Suprema deja en firme la condena contra Cristina Fernández de Kirchner por corrupción

El proceso ha sido denominado como la causa Vialidad.

Cristina Fernández de Kirchner
Por Agencia Periodismo Investigativo | Mar, 10/06/2025 - 16:46 Créditos: Imagen tomada de Presidencia de la Nación Argentina

En una decisión de alto impacto político y judicial, la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina resolvió el 10 de junio de 2025 rechazar por unanimidad los recursos presentados por la defensa de Cristina Fernández de Kirchner y dejar así en firme la condena dictada en su contra por el Tribunal Oral Federal N.º 2 en diciembre de 2022.

Con esta resolución, se confirma la sentencia a seis años de prisión por el delito de administración fraudulenta agravada en perjuicio de la administración pública, así como la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, una sanción que marca un antes y un después en la historia política del país.

La causa, conocida como “Vialidad”, investigó durante más de una década el presunto direccionamiento irregular de 51 contratos de obra pública vial en la provincia de Santa Cruz, adjudicados entre los años 2003 y 2015 —primero bajo la presidencia de Néstor Kirchner y luego durante los dos mandatos consecutivos de Cristina Fernández de Kirchner—.

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Según determinó el tribunal, las licitaciones beneficiaron sistemáticamente a las empresas del empresario Lázaro Báez, un amigo íntimo del matrimonio presidencial y figura central en el andamiaje económico del kirchnerismo en esa provincia. Báez, titular del Grupo Austral, recibió contratos multimillonarios que en su mayoría fueron adjudicados con sobreprecios, plazos incumplidos y estándares de ejecución que no correspondían con las exigencias contractuales.

Los jueces Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso, encargados del fallo de primera instancia, concluyeron que existió una “asociación criminal” orientada a defraudar al Estado mediante el uso sistemático y planificado del aparato administrativo para canalizar recursos hacia una estructura empresarial vinculada personalmente con los jefes de Estado de ese período.

La Fiscalía, representada por los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola, presentó como evidencia más de 3.500 documentos, informes técnicos y peritajes que, según sus propias palabras, revelaban una “matriz de corrupción estatal sin precedentes”.

El tribunal de primera instancia estableció que, aunque no pudo probarse la existencia de una asociación ilícita en términos penales estrictos, sí quedaba acreditada la maniobra de administración fraudulenta mediante la cual Cristina Fernández de Kirchner, en su calidad de presidenta de la Nación y jefa de la administración pública, permitió y favoreció activamente la asignación indebida de recursos públicos a un empresario con el que mantenía una relación estrecha.

Asimismo, el fallo señalaba que, pese a las reiteradas advertencias de organismos de control, la jefatura de Estado omitió actuar y toleró durante años las irregularidades.

La defensa de la exmandataria planteó durante todas las etapas del proceso que se trataba de una persecución política orquestada por sectores del Poder Judicial alineados con intereses económicos y mediáticos adversos al kirchnerismo.

En sus alegatos, Cristina Fernández sostuvo que nunca intervino directamente en procesos licitatorios y que no existía una sola prueba documental que la vinculara con decisiones concretas en la adjudicación de las obras investigadas.

Sin embargo, tanto la Cámara Federal de Casación Penal como la Corte Suprema consideraron que su rol institucional como jefa de Estado implicaba responsabilidad funcional sobre el diseño, autorización y control del plan de infraestructura vial nacional, especialmente cuando las irregularidades alcanzaban un patrón sistemático.

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En el plano jurídico, la Corte Suprema respaldó la tesis del tribunal oral al considerar que no hubo violaciones al debido proceso ni arbitrariedades en la valoración probatoria.

Según el máximo tribunal, los jueces actuaron conforme a derecho, analizaron adecuadamente el material probatorio y fundamentaron la condena en hechos debidamente acreditados.

Además, rechazaron los planteamientos de la defensa sobre presuntas animosidades de algunos magistrados, señalando que la recusación debe fundarse en hechos concretos y no en percepciones subjetivas de parcialidad.

La figura de Lázaro Báez, como principal beneficiario de las decisiones del Ejecutivo nacional durante los años en cuestión, resulta central en la causa.

Empresario bancario convertido en contratista de obra pública tras la llegada del kirchnerismo al poder, Báez multiplicó su fortuna a través de licitaciones públicas en Santa Cruz que, en muchos casos, no fueron ejecutadas o presentaron costos ampliamente superiores a los previstos.

La estrecha relación entre Báez y el matrimonio Kirchner fue documentada en múltiples procesos paralelos, incluidos casos de lavado de activos y adquisición irregular de bienes inmuebles.

El caso Vialidad se inscribe dentro de un conjunto de causas judiciales que cuestionan el manejo de la obra pública durante los gobiernos kirchneristas.

Aunque Cristina Fernández de Kirchner ha sido sobreseída o absuelta en otras investigaciones, esta condena marca un hito por tratarse de una sentencia firme emanada del máximo tribunal del país.

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Si bien la ejecución de la pena podría demorarse por razones procesales o de salud, la inhabilitación perpetua ya está vigente, lo que excluye formalmente a la exmandataria de cualquier cargo público electivo.

Más allá del aspecto judicial, el caso ha reactivado un intenso debate político en la Argentina. Mientras sectores del oficialismo, encabezados por el presidente Javier Milei, celebraron la resolución como una señal del funcionamiento pleno de las instituciones republicanas, referentes del peronismo kirchnerista denunciaron una operación de “proscripción” que buscaría excluir a Cristina Fernández del escenario electoral de cara a las elecciones presidenciales de septiembre.

La propia expresidenta, en una breve alocución tras conocerse la decisión de la Corte, afirmó que estar condenada por el poder judicial “es un certificado de dignidad” y advirtió que “la historia juzgará a los verdaderos responsables de este atropello institucional”.

En lo que respecta a su legado como presidenta, Cristina Fernández de Kirchner dejó una economía marcada por luces y sombras.

Durante sus mandatos, la Argentina vivió un ciclo de crecimiento sostenido impulsado por los altos precios internacionales de las materias primas, especialmente la soja.

Se promovió la sustitución de importaciones, la expansión del gasto público y la nacionalización de sectores estratégicos como el sistema previsional y la empresa petrolera YPF. 

Sin embargo, hacia el final de su segundo mandato, el país enfrentaba severos desequilibrios fiscales, creciente inflación, restricciones cambiarias (el llamado “cepo”), caída de reservas internacionales y un aumento en la dependencia del financiamiento del Banco Central.

Uno de los aspectos más controvertidos de su gestión fue la intervención del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), cuyas cifras sobre inflación y pobreza fueron duramente cuestionadas por organismos internacionales y economistas locales.

La credibilidad de las estadísticas oficiales se erosionó progresivamente, lo que generó incertidumbre en los mercados y dificultades en la elaboración de políticas públicas basadas en datos confiables.

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