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SIC investiga 14 empresas por publicidad engañosa en productos de aseo contra el Covid

De igual manera se emitieron órdenes para que corrijan los términos que se utilizan en las piezas publicitarias.

SIC investigará 14 empresas por publicad engañosa en productos de aseo contra el covid-19
Por Juan Sebastián García | Jue, 10/02/2022 - 08:02 Créditos: OlarteMoure

Este jueves, la Superintendencia de Industria y Comercio inició una investigación contra 14 empresas por presunta publicidad engañosa en productos de aseo contra el coronavirus.

Cabe mencionar que, en la publicidad de estos productos se atribuyen beneficios de eliminar, matar, combatir, desaparecer e incluso reducir el covid.

Las empresas investigadas son las siguientes: CI MULTISERVICIOS DE INGENIERIA 1A S.A. EN REORGANIZACION - MULTINSA RSE -19, CLOROX DE COLOMBIA S.A., RECKITT BENCKISER COLOMBIA S.A., BEISBOL DE COLOMBIA S.A.S.,  PRODUCTOS FAMILIA S.A., SOLUCIONES AMBIENTALES SAN S.A.S., SIMONIZ S.A. - BINNER PISO, QUALA S.A. - AROMAX TRES ACCIONES, SUCESORES DE JOSE JESUS RESTREPO - FASSI DESINFECTANTE MULTIUSOS, COLGATE PALMOLIVE COMPAÑÍA, ROCOL INTERNATIONAL S.A.S., AVANZA INTERNACIONAL GROUP S.A.S., BORANI S.A.S., UNILEVER ANDINA COLOMBIA LTDA.

Imagen de referencia
SIC, cortesía de Cinco Días

La SIC adelantó visitas de inspección a varios medios de comunicación, páginas web, redes sociales, con el propósito de revisar el mensaje que fue enviado a los consumidores a través de dicha publicidad en los productos de aseo.

Con esto, se formuló cargos contra las 14 empresas anteriormente mencionadas por presunta publicidad engañosa y por no atender las órdenes impartidas por la autoridad. En un caso particular se inició investigación por no garantizar la seguridad del producto y no tener registro sanitario.

Así mismo, se impartieron órdenes con el propósito de que las sociedades arreglen la publicidad de los productos de aseo que ofrecen y que también que las empresas se abstengan de utilizar publicidad que confunda a los consumidores sobre los beneficios de los diferentes productos.

De confirmarse que se presentó una violación a las normas de protección del consumidor podrían existir multas de hasta 2.000 SMMLV.

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