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SIC archiva investigación contra Adidas Colombia y Fashion Fitness por compra de Reebok
La Superintendencia concluyó que la adquisición de los activos de Reebok no constituía una integración empresarial sujeta a control previo
La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) archivó la investigación administrativa que adelantaba contra Adidas Colombia Ltda. y Fashion Fitness Colombia S.A.S., así como contra dos personas naturales, por un presunto incumplimiento del deber de informar una operación de integración empresarial. La decisión quedó consignada en la Resolución No. 60217 del 4 de agosto de 2026.
La investigación se originó por la adquisición, en octubre de 2022, de los activos de la marca Reebok en Colombia por parte de Fashion Fitness Colombia. La SIC buscaba establecer si esa operación constituía una integración empresarial que debía ser notificada y autorizada previamente, conforme a las normas de protección de la libre competencia.
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Tras analizar el caso, la Superintendencia concluyó que la transacción no estaba sujeta al régimen de control previo de integraciones empresariales. La entidad determinó que Fashion Fitness Colombia no podía ser considerada un competidor real ni potencial de Adidas Colombia en el mercado de comercialización y distribución de ropa y calzado deportivo en el país.
En la resolución, la SIC precisó el alcance del concepto de "competidor potencial", indicando que no es suficiente que una empresa cuente con la capacidad técnica, financiera o logística para ingresar a un mercado, ni que tenga la intención de hacerlo. Según explicó, para que exista esa condición es necesario que la compañía ejerza, por su sola presencia, una presión competitiva efectiva sobre los actores establecidos, circunstancia que no se evidenció en este caso.
La autoridad también señaló que las actividades preparatorias desarrolladas por Fashion Fitness Colombia estaban directamente vinculadas con la operación de compraventa de los activos de Reebok a Adidas y que dichas actuaciones, por sí solas, no la convertían en un competidor potencial dentro del mercado. En consecuencia, concluyó que no se cumplía el presupuesto subjetivo exigido por la legislación para activar el mecanismo de control previo de integraciones empresariales.
La SIC informó que el acto administrativo se encuentra en proceso de notificación oficial. Una vez surtido ese trámite, las partes involucradas podrán interponer recurso de reposición ante la Superintendente de Industria y Comercio.
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