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Entró en vigencia la ley ‘Dejen de fregar’: así debe registrar su número telefónico

Aplica ahora para mensajes de texto SMS, llamadas, mensajería a través de aplicaciones como, WhatsApp, web y correos electrónicos para evitar publicidad. Se terminan las comunicaciones no deseadas por productos, servicios o hacer cobros.

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Por Agencia Periodismo Investigativo | Vie, 12/04/2024 - 14:15 Créditos: Pexels

A partir del miércoles 10 de abril, si usted no quiere recibir mensajes de texto o llamadas con fines comerciales o publicitarios, puede inscribir su número en el Registro de Números Excluidos, RNE, para evitar ser contactado con fines comerciales por las empresas.

Y es que tras nueve meses de ser promulgada la Ley 2300 de 2023, conocida coloquialmente como “Dejen de fregar”, la Comisión de Regulación de Comunicaciones, CRC, entregó una herramienta jurídica, la Resolución 7356 de
2024, que permite, a través de las modificaciones realizadas al Registro de Números Excluidos, que los colombianos inscriban su número de celular para impedir que las empresas los contacten para ofrecer toda clase de bienes, servicios o cobros a través de llamadas y mensajes de texto.

Una práctica comercial que se convirtió en un dolor de cabeza para los ciudadanos, quienes durante dos décadas debieron soportar llamadas y mensajes ofreciendo, con fines comerciales y publicitarios, toda clase de productos.

Modificaciones y derechos de los usuarios

Aunque el Registro de Números Excluidos no es nuevo, pues este fue creado en el año 2009 por la CRC con el propósito de que los usuarios de telefonía móvil y servicios complementarios pudieran controlar los mensajes de texto SMS y MMS que recibían con fines comerciales y publicitarios no solicitados, inscribiendo de manera gratuita su número móvil en dicha base de datos, se hicieron modificaciones precisamente en desarrollo de dicha ley que amplió la limitación de los canales de contacto.

La iniciativa legislativa que protege el derecho a la intimidad de los consumidores estableció canales, horarios y periodicidad con los que los colombianos pueden ser contactados por los bancos o aquellas entidades vigiladas por la Superintendencia 

Financiera, así como por todas las personas naturales y jurídicas que hacen gestiones de cobranza directa o indirectamente.

Pero en la ley, en su artículo quinto, se amplió el espectro de aplicación a todas las relaciones comerciales, en todos los sectores de servicios públicos o privados.

Servicios y procedimiento

Y ya no solo aplica para mensajes de texto SMS y llamadas, sino también para mensajería a través de aplicaciones como, por ejemplo, WhatsApp, web y correos electrónicos.

Precisamente en ese mismo artículo se le concedió al Gobierno seis meses para la implementación de las medidas técnicas necesarias para la adaptación de dicho registro. Así las cosas, en esta resolución se establecieron varias medidas: Las empresas tendrán cinco días hábiles, a partir de que el usuario registre su número telefónico, para cesar la práctica de envío de mensajes comerciales y publicitarios.

Cuando el usuario cambie de opinión y quiera volver a ser contactado con fines comerciales o publicitarios, la CRC tiene un día hábil para excluirlo del Registro de Números Excluidos.

Los horarios

La inscripción en este registro no impide seguir recibiendo mensajes o llamadas por los diversos canales existentes que tengan propósitos informativos, como por ejemplo, alertas sobre transacciones fraudulentas, sospechosas o inusuales en el caso de los bancos, así como la confirmación oportuna de transacciones u operaciones, o de ahorros voluntarios o censarías, o también aquellas relacionadas con la prestación del servicio, como avisos de vencimiento, corte de facturación, entre otros.

Sin embargo, también para aquellos que no registren su número, los mensajes publicitarios o comerciales, según la ley, deberán limitarse al horario permitido, es decir, de lunes a viernes de 7:00 a. m. a 7:00 p. m. y sábados de 8:00 a. m. a 3:00 p. m. No se podrá realizar ningún contacto los domingos o días festivos. Tampoco, en el caso de los bancos o gestiones de cobranza, podrán contactar a codeudores, avalistas o deudores solidarios o a las referencias personales.

En cuanto al envío de mensajes por parte de operadores móviles, PCA e integradores tecnológicos, se estableció que, por ejemplo, el envío de mensajes de texto SMS o USSD, de contenido probado gráfico o para duetos solo podrá realizarse si el usuario es mayor de edad y ha solicitado expresamente el envío, incluso si estos son gratuitos.

Si el usuario guarda silencio ante el ofrecimiento de envío de este tipo de contenidos, esto no significa su aceptación, esta debe ser clara.

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Otros beneficios

Así mismo, el usuario podrá solicitar en cualquier momento la exclusión, rectificación, confidencialidad o actualización de sus datos o bases de datos usadas por el operador móvil para el envío de mensajes SMS o USSD.

También los operadores móviles, PCA o integradores móviles quedaron con el deber de revisar y actualizar permanentemente las bases de datos de sus usuarios para evitar el envío de este tipo de mensajes a los usuarios inscritos en el Registro.

Y deben tener disponible en su página web y a través de su línea gratuita toda la información relativa al registro.


Así funciona a nivel internacional

En otros países se han desarrollado diferentes mecanismos para abordar esta problemática de las llamadas no deseadas. El primero es conocido internacionalmente como “Listas Robinson”, “No llames”, “Do not call”, que corresponde a una plataforma donde los usuarios pueden inscribirse para dejar de recibir llamadas de carácter publicitario o comercial, a este método se le conoce como opt in dado que el usuario es el que se inscribe a una lista para no ser contactado.

El segundo es más robusto y consiste en restringir de manera predeterminada cualquier tipo de contacto publicitario o comercial a menos que el usuario de manera previa haya dado su permiso, a esta medida se le conoce como opt out dado que el consumidor por defecto se encuentra en la lista y debe voluntariamente aceptar ser contactado.

Un tercer mecanismo es la restricción horaria para las llamadas comerciales. El último mecanismo es el de la identificación de la llamada, que consiste en enmascarar el número telefónico de los call center bajo un mismo número o bajo un nombre que les aparezca a los usuarios en el teléfono y que sirva como señal para que la persona decida si contestar o no la llamada.

Para realizar el registro el usuario debe ingresar al enlace: https://acortar.link/peH8gt

De esta forma y con la entrada en vigencia de la normatividad los usuarios tendrán en Colombia, el derecho a elegir si quieren recibir publicidad o no, la garantia de servicios, productos o cobros en los horarios que corresponde y la preservación de su derecho a la intimidad. 
 

 

 

 

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