Publicidad
Publicidad
Detectan dos ‘pirámides’ que captaron millonarios dineros de 177 ciudadanos
Superintendencia Financiera trasladó el caso a la Fiscalía.

La Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) ordenó a las sociedades Maxtoppings S.A.S y Cracks Inversiones S.A.S, representadas legalmente por los señores Juan Martín Zapata Garzón y Stephan Eduardo Trujillo Velásquez, suspender inmediatamente la captación no autorizada de dinero del público.
La medida fue adoptada mediante la Resolución 1768 del 23 de septiembre de 2025, en la que también se ordena la devolución inmediata de los recursos captados de manera no autorizada.
Esta Superintendencia determinó que para el desarrollo de su objeto social, los representantes legales de las mencionadas sociedades constituyeron establecimientos de comercio en donde promovían, mediante el voz a voz y a través de reuniones en línea, invitaciones a terceros para hacer parte del proyecto “La tierra es Nuestro Cielo R-12”.
Mediante estas vinculándolos a través de “Contratos de Cuentas en Participación e Inversión” a un supuesto esquema de “inversión” con la finalidad de recibir dinero de la ciudadanía.
De esta manera, las sociedades Maxtoppings S.A.S y Cracks Inversiones S.A.S., asumieron pasivos con el público en forma masiva, sin prever a cambio la entrega de bienes o servicios, comprometiéndose además a devolver el dinero recibido en un plazo determinado.
Esto con unos rendimientos porcentuales acordes con el desarrollo de su operación, el inversionista aportaba dinero, supuestamente para abrir puntos de venta del modelo de negocio “R-12” y, a cambio, recibir una ganancia proporcional a las utilidades que esos puntos generaran.
No obstante, en los contratos suscritos se prometían rentabilidades fijas mensuales, así como la devolución del capital inicialmente entregado.
De esta manera, dichas sociedades adquirieron obligaciones con por lo menos 177 personas por un monto total de COP 2.317.000.000.
La SFC remitió copia de la Resolución 1768 del 23 de septiembre de 2025, y del expediente respectivo a la Superintendencia de Sociedades para que adelante el proceso de intervención, entidad a la que deberán presentarse las personas que se consideren afectadas por las actividades desarrolladas de forma no autorizada por las sociedades sujeto de esta medida.
También se remitió copia a la Fiscalía General de la Nación para efecto de las investigaciones en materia penal.
Le puede interesar:
Etiquetas