Publicidad
Publicidad
¿Cuál es el impacto real que traerá la suspensión del decreto del mínimo para 2026 en su bolsillo?
La decisión del Consejo de Estado genera incertidumbre sobre el salario de millones de colombianos.
El Consejo de Estado suspendió este viernes de manera provisional el decreto mediante el cual el Gobierno del presidente Gustavo Petro aumentó el salario mínimo en un 23,78% para 2026, dejándolo en $1.750.905 más el auxilio de transporte de $249.095, para un total de $2 millones.
La Sección Segunda del Alto Tribunal consideró que el decreto no cumplió con los parámetros técnicos y legales exigidos por la Ley 278 de 1996, que obliga al Ejecutivo a tener en cuenta criterios como la inflación, la productividad, el crecimiento del PIB y la meta de inflación del Banco de la República.
Según la providencia conocida, el magistrado ponente Juan Camilo Morales Trujillo ordenó al Gobierno Nacional expedir y publicar un nuevo decreto en un plazo máximo de ocho días calendario, en el que se fije un porcentaje transitorio de aumento del salario mínimo que regirá hasta que se dicte sentencia definitiva en el proceso. Esta medida cautelar no implica un prejuzgamiento sobre la legalidad del decreto, pero sí obliga al Ejecutivo a recalcular el incremento aplicando los criterios establecidos en la norma vigente.
Le sugerimos leer (Consejo Gremial respalda decisión del Consejo de Estado de suspender aumento del 23% al salario mínimo 2026)
La principal preocupación de los trabajadores es qué pasará con su bolsillo. Aunque la suspensión del decreto genera alarma, el abogado laboralista Camilo Cuervo, socio de Holland & Knight, fue categórico e indicó a La República que no habrá devoluciones sobre lo ya pagado en enero y lo que se cause hasta el día en que salga el nuevo decreto. Los pagos realizados con base en el aumento del 23% se mantienen intactos, y cualquier modificación operará únicamente hacia adelante, una vez el Gobierno expida la nueva regulación provisional ordenada por el Consejo de Estado.
El nuevo salario mínimo que debe decretar el Gobierno en los próximos días estaría ubicado, según expertos, entre el 6% y el 7%. Esta cifra resulta de sumar la inflación causada en 2025 (5,30%) y la productividad total de los factores (0,91%), lo que daría un incremento cercano al 6,21%. Luis Fernando Mejía, CEO de Lumen Economic Intelligence y exdirector de Fedesarrollo, explicó que aunque el salario vigente sigue siendo el del decreto suspendido mientras se expide el nuevo, hay un elemento adicional de incertidumbre que permanecerá hasta que el Consejo de Estado falle de fondo.
Los gremios empresariales respaldaron la decisión del Alto Tribunal. Jaime Alberto Cabal, presidente de Fenalco, manifestó que el incremento del 23,7% "no responde a la realidad económica del país" y advirtió que el decreto podría generar la pérdida de más de 770.000 empleos y el cierre de micro, pequeñas y medianas empresas. Por su parte, Bruce Mac Master, presidente de la Andi, destacó la importancia de la decisión para establecer jurisprudencia que evite actuaciones irregulares en la fijación del salario mínimo en el futuro.
Lea también (Sectores políticos reaccionan a suspensión del aumento del salario mínimo)
En contraste, las centrales obreras y el Gobierno rechazaron la medida. El presidente Petro defendió el decreto argumentando que "es ordenado por la Constitución" y anunció que convocará a una nueva reunión de concertación con los movimientos sociales para definir el decreto transitorio.
El ministro del Interior, Armando Benedetti, calificó la determinación como "una decisión política antes que cualquier otra cosa" y advirtió sobre las consecuencias electorales en pleno año de elecciones. Fabio Arias, presidente de la CUT, hizo un llamado al Gobierno para expedir un nuevo decreto "en las mismas condiciones", defendiendo la facultad constitucional del Ejecutivo para fijar el salario mínimo.
La decisión también tendrá impacto en todos los conceptos indexados al salario mínimo. Si el nuevo porcentaje de aumento disminuye del 23% al rango del 6-7%, también se reducirán automáticamente más de 30 cobros y servicios que están atados a este referente, como cuotas de administración de conjuntos residenciales, multas, sanciones, tarifas, cuantías procesales y cuotas alimentarias.
El Consejo de Estado aclaró que la suspensión provisional no afecta las obligaciones ni los derechos que hayan sido calculados, causados o pagados con base en el salario mínimo vigente durante el periodo en el que el decreto produjo efectos, incluidos pagos de nómina pública y privada, pensiones y contratos.
Otras noticias
Etiquetas