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Bomberos de Coello denuncian que alcalde les quitó vehículo en medio de incendios para ambientar festividades

Las imágenes del hecho fueron compartidas en redes sociales.

Bomberos Coello Tolima
Por Agencia Periodismo Investigativo | Dom, 16/08/2026 - 16:59 Créditos: Bomberos de Coello Tolima. Captura de video

El Cuerpo de Bomberos de Coello, Tolima, denunció que quedó sin el vehículo que utilizaba para atender incendios y otras emergencias en el municipio, luego de que la administración del alcalde Santiago Herrera Yepes retirara el automotor que se encontraba al servicio de los socorristas. Según la denuncia, la decisión habría obligado a los bomberos a recurrir a medios improvisados para transportar agua hasta los lugares donde se presentan conflagraciones.

La situación fue expuesta por integrantes del organismo de socorro, quienes aseguran que actualmente deben movilizar agua mediante animales de carga para poder enfrentar incendios en sectores donde se requiere su intervención. La versión conocida señala que la Alcaldía habría justificado el retiro del vehículo por un supuesto uso inadecuado del automotor por parte del cuerpo de bomberos.

Los denunciantes sostienen, además, que un vehículo destinado a la atención de emergencias habría sido utilizado para apoyar actividades relacionadas con festividades municipales.

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Santiago Herrera Yepes ejerce como alcalde de Coello para el periodo 2024-2027. Documentos oficiales recientes de la Gobernación del Tolima y de la Contraloría Departamental lo identifican como mandatario del municipio.

La controversia se presenta en medio de las obligaciones que tienen las administraciones municipales para garantizar la atención de incendios y emergencias. La Ley 1575 de 2012, conocida como Ley General de Bomberos de Colombia, establece que la gestión integral del riesgo contra incendios, los preparativos y la atención de rescates y de incidentes con materiales peligrosos constituyen un servicio público esencial a cargo del Estado. La misma norma atribuye una responsabilidad especial a los municipios en su prestación.

La Dirección Nacional de Bomberos de Colombia precisa que las administraciones municipales deben asegurar la continuidad y calidad del servicio y que los municipios están obligados a prestarlo mediante cuerpos de bomberos oficiales o a través de contratos o convenios con cuerpos de bomberos voluntarios.

La entidad reiteró esta una circular dirigida a alcaldes y cuerpos de bomberos del país el 23 de junio de 2026. En el documento recordó que el Estado debe asegurar una prestación oportuna, eficiente y eficaz del servicio y que, cuando un municipio no cuenta con cuerpo de bomberos oficial, la administración debe garantizarlo mediante la contratación del cuerpo de bomberos voluntarios que opere legalmente en la jurisdicción.

La advertencia también ha sido realizada por la Procuraduría General de la Nación. Mediante la Directiva 001 de 2026, el organismo de control recordó a alcaldías y gobernaciones que la prestación del servicio bomberil constituye una obligación permanente de las entidades territoriales y no puede interrumpirse o prestarse deficientemente por dificultades presupuestales, contractuales o de planeación.

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