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Aberrante maltrato animal en Sabanalarga: prendieron fuego a los cuernos de un toro en corralejas
Autoridades investigan el salvaje trato al animal.
Un toro fue sometido al fuego en sus cuernos durante las corralejas realizadas en Sabanalarga, Atlántico, mientras el espectáculo se desarrollaba ante numerosos asistentes y bajo la vigilancia de las autoridades municipales y de Policía encargadas del control del evento.
El animal ingresó al ruedo con elementos encendidos sujetos a sus cuernos y corrió entre los participantes mientras las llamas, el humo y las detonaciones permanecían a pocos centímetros de su cabeza. La práctica expuso al toro directamente al fuego, al ruido y al humo durante una actividad realizada dentro de la corraleja.
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La Plataforma Colombiana por los Animales (ALTO) denunció el caso y rechazó el tratamiento al que fue sometido el animal. Las imágenes conocidas muestran al toro desplazándose por la arena con los elementos encendidos sobre sus cuernos, sin que se observe en esos registros una intervención inmediata para detener la práctica.
El episodio ocurrió durante un evento público realizado en Sabanalarga, por lo que los cuestionamientos no recaen únicamente sobre las personas que colocaron y encendieron los elementos en los cuernos del toro.
También alcanzan a los organizadores de las corralejas y a las autoridades administrativas y de Policía responsables de ejercer funciones de vigilancia, control y protección animal en el municipio.
Hasta el momento no se conoce públicamente una explicación de la Alcaldía de Sabanalarga sobre las circunstancias en las que se permitió que el animal permaneciera dentro del ruedo con fuego sobre sus cuernos, ni información sobre una intervención inmediata para suspender esa práctica.
La conducta se produjo en momentos en que Colombia cuenta con normas que permiten la intervención inmediata de las autoridades cuando existen indicios de maltrato animal.
La Ley 2455 de 2025, conocida como Ley Ángel, fortaleció las herramientas penales y policivas para enfrentar estas conductas. La norma modificó disposiciones relacionadas con la protección de los animales y estableció sanciones para quien, mediante cualquier procedimiento y con ánimo de maltratar, cause lesiones que menoscaben gravemente la salud o integridad física de un animal.
La legislación también permite la aprehensión material preventiva de un animal cuando exista conocimiento o indicios de conductas que puedan constituir maltrato o cuando se encuentre comprometida su integridad física o emocional.
La Policía Nacional y los inspectores de Policía están facultados para adoptar esta medida sin necesidad de una orden judicial o administrativa previa.
El Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana también asigna funciones a las autoridades de Policía frente a situaciones que comprometan la vida o integridad de los animales.
Entre las autoridades de Policía se encuentran los alcaldes, inspectores, comandantes de estación y miembros uniformados de la Policía Nacional dentro de sus respectivas competencias.
El tratamiento al que fue sometido el toro ocurrió públicamente, dentro de una corraleja y ante la presencia de decenas de personas.
La utilización de fuego sobre los cuernos del animal era una situación visible dentro del ruedo y no una conducta desarrollada de manera clandestina o fuera del escenario donde se celebraba el espectáculo.
La responsabilidad directa corresponde inicialmente a quienes colocaron, manipularon y encendieron los elementos sobre el animal. La actuación de quienes tenían su custodia y de los responsables de la organización del espectáculo también queda involucrada en el esclarecimiento de lo sucedido.
Sobre las autoridades municipales y policiales recaen cuestionamientos por una posible omisión frente a una conducta que podía comprometer la integridad del toro.
Cualquier responsabilidad administrativa, disciplinaria o penal de funcionarios concretos requiere determinar quiénes se encontraban en servicio, cuáles eran sus funciones y qué actuaciones realizaron frente al episodio.
El caso ocurre durante el periodo de transición hacia la eliminación de este tipo de espectáculos con animales en Colombia.
La Corte Constitucional extendió a las corralejas la prohibición establecida para otras prácticas mediante la Sentencia C-374 de 2025 y difirió durante tres años los efectos de su decisión para permitir procesos de transformación cultural y reconversión económica.
Ese periodo transitorio mantiene temporalmente la realización de corralejas bajo determinadas condiciones, pero no suspende la legislación general contra el maltrato animal ni elimina las facultades de intervención de las autoridades cuando un animal es sometido a prácticas que puedan afectar su integridad.
La Corte Constitucional fundamentó la incorporación de las corralejas a la prohibición precisamente en la protección constitucional de los animales frente al dolor y sufrimiento provocado con fines de entretenimiento.
La permanencia temporal de las corralejas tampoco constituye una autorización general para someter a los toros a cualquier procedimiento durante esos espectáculos.
Las conductas ejecutadas contra los animales continúan sujetas a las disposiciones penales, policivas y administrativas vigentes en materia de protección animal.
Si una valoración veterinaria acredita lesiones graves ocasionadas por el fuego o los elementos instalados sobre los cuernos del toro, el caso podría quedar bajo competencia de la Fiscalía General de la Nación conforme a las disposiciones penales fortalecidas por la Ley Ángel.
Cuando las conductas constituyen maltrato sin producir lesiones graves o la muerte del animal, las autoridades de Policía mantienen competencias sancionatorias.
La gravedad del episodio también concentra la atención sobre la Alcaldía de Sabanalarga y la Policía por tratarse de un hecho ocurrido a plena vista dentro de un espectáculo público.
La protección animal no dependía exclusivamente de los organizadores de las corralejas: las autoridades conservaban sus competencias legales de vigilancia e intervención frente a posibles actos de maltrato.
La organización ALTO rechazó lo sucedido y vinculó su denuncia con la defensa de la prohibición de los espectáculos que ocasionan sufrimiento a los animales. “No permitiremos que modifiquen nuestra Constitución Política para revivir las corridas de toros”, expresó la plataforma.
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