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Suspenden norma que impedía al Banco de la República sesionar sin el ministro de Hacienda
La decisión llega tras la amenaza del ministro Germán Ávila de no asistir a las juntas del emisor, lo que habría paralizado sus decisiones en medio del pulso por las tasas de interés.
El Consejo de Estado suspendió provisional y parcialmente el artículo 35 del Decreto 2520 de 1993, la norma que exigía la presencia del ministro de Hacienda para que la Junta Directiva del Banco de la República pudiera sesionar, deliberar y decidir. La medida llega en medio de la tensión abierta entre el Gobierno y el Emisor, luego de que el ministro, Germán Ávila, amenazara con no asistir a las reuniones de la junta tras la negativa del Banco de reducir las tasas de interés.
El artículo suspendido establecía que la Junta "solamente podrá sesionar, deliberar y decidir con la asistencia de por lo menos cinco de sus miembros, uno de los cuales deberá ser el ministro de Hacienda, quien la presidirá". El demandante argumentó que la ruptura anunciada por el Gobierno, sustentada en esa misma norma, tenía como finalidad la paralización de una institución autónoma, poniendo en riesgo el cumplimiento de las metas de largo plazo del país.
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Las posiciones de las partes fueron marcadamente distintas. El Banco de la República sostuvo que supeditar sus sesiones a la asistencia del ministro impide el cumplimiento de su función constitucional como organismo autónomo, en contravía de los artículos 371, 372 y 373 de la Constitución.
La cartera de Hacienda, por su parte, negó que el ministro tenga un derecho de veto en la junta, argumentando que la norma solo exige un mínimo de cuatro votos favorables para adoptar decisiones. La Presidencia fue más lejos al sostener que el Banco de la República no es una entidad totalmente independiente y que su marco de acción debe armonizarse con la dirección estatal de la economía, por lo que excluir al ministro de las sesiones transgrede el ordenamiento constitucional.
El Alto Tribunal no acogió esos argumentos. Para el Consejo de Estado, la voluntad del constituyente fue precisamente otorgarle al Banco de la República autonomía administrativa, técnica y patrimonial, y cualquier amenaza a sus funciones podría derivar en vulneraciones a los derechos fundamentales de los ciudadanos.
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