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Honorio Henríquez impugna fallo que le ordenó disculpas por acto religioso en posesión presidencial
El presidente del Senado alega que la decisión fue colegiada y no puede atribuírsele responsabilidad individual.
El presidente del Senado, Honorio Henríquez, impugnó en las últimas horas la decisión del Juzgado Quinto Laboral del Circuito de Bogotá que le ordenó, junto con el presidente Abelardo De La Espriella, ofrecer excusas públicas por el acto religioso realizado durante la ceremonia de posesión presidencial del pasado 7 de agosto.
El juez Andrés Gómez Abadía, quien conoció la acción de tutela interpuesta por un ciudadano contra el jefe de Estado, el Senado y la Cámara de Representantes, había concluido que ese momento de la ceremonia vulneró el principio de neutralidad religiosa que debe caracterizar los actos oficiales del Estado.
El recurso presentado por Henríquez sostiene que los actos religiosos incluidos en la posesión fueron aprobados mediante una decisión colegiada, es decir, sometida a votación y aprobada por la mayoría de la plenaria del Congreso al modificar el orden del día de la sesión del 7 de agosto. Bajo esa lógica, el presidente del Senado argumenta que no es procedente atribuirle una responsabilidad individual por una determinación que, según su escrito, correspondió a un acuerdo colectivo del Legislativo y no a una decisión personal en su condición de titular de la corporación.
En su impugnación, Henríquez también invocó principios como la inviolabilidad parlamentaria, la separación de poderes y la autonomía del Congreso, con el argumento de que la orden judicial interfiere de forma indebida en el funcionamiento interno de la Rama Legislativa. "Proteger la inviolabilidad parlamentaria es defender la independencia de la Rama Legislativa", sostuvo el congresista del Centro Democrático en los argumentos de su recurso.
Sobre el fondo del asunto, el presidente del Senado insistió en que no existió vulneración a la neutralidad estatal ni al principio de laicidad, pues, según explicó, "no hubo favorecimiento hacia un credo o iglesia oficial" durante la ceremonia. Como sustento de este argumento, recordó que en el acto participaron representantes de distintas confesiones religiosas: un rabino, un pastor protestante y un representante católico, lo que en su criterio evidencia el carácter plural y no discriminatorio del momento cuestionado.
"La laicidad en Colombia implica imparcialidad e inclusión del pluralismo, no ateísmo ni discriminación hacia el fenómeno religioso [...] La presencia plural de expresiones religiosas no constituye la adopción de una 'religión oficial' del Estado ni quebranta el deber de neutralidad", señaló Henríquez.
La controversia se originó por el fallo de tutela que, además de ordenar las disculpas públicas a De La Espriella y a Henríquez, dispuso la expedición de una directiva presidencial para prohibir y restringir expresiones religiosas en los actos institucionales de todos los funcionarios públicos. El presidente De La Espriella ya había dado cumplimiento a la primera instancia del fallo y ofreció excusas públicas durante una alocución transmitida el domingo 30 de agosto, aunque, según se conoció, el Departamento Administrativo de la Presidencia (Dapre) también radicó de manera independiente su propia impugnación contra la misma decisión judicial.
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