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Definido calendario electoral de 2023

Al detalle actividades previas y posteriores con miras a los comicios para gobernaciones, alcaldías, asambleas y concejos

Segunda vuelta elecciones
Por Agencia Periodismo Investigativo | Mié, 25/01/2023 - 15:31 Créditos: Foto: Twitter @Registraduria

Después de las elecciones presidenciales del pasado mes de junio de 2022, que dejaron a Gustavo Petro como presidente de la República para el periodo 2022-2026. Colombia se prepara para los comicios donde serán elegidos gobernadores, alcaldes, diputados, concejales, ediles o miembros de juntas administradoras locales en octubre de 2023.

Con esta premisa, la Registraduría Nacional reveló el calendario electoral del 2023, el cual iniciará el próximo 29 de abril con la instalación de las mesas de votación en los corregimientos creados hasta la fecha. Esto se debe realizar seis meses antes de las elecciones.

En concepto de César Lorduy, magistrado del Consejo Nacional, CNE, la presentación de este calendario beneficia al elector y a las diferentes colectividades como quiera que "representa la agenda a tener en cuenta por los ciudadanos, pero en especial por los partidos, movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos, para que con base en ella planeen y organicen las actividades que les permitirá participar en las próximas elecciones regionales".

Aquí hay que aclarar que el pasado mes de octubre de 2022 inició el registro de comités inscriptores que promueven el voto en blanco, e inicia el periodo de recolección de apoyos. Además, ese mes comenzó la inscripción de ciudadanos para votar, por cambio de lugar de domicilio o residencia.

Volviendo al 2023, a finales del primer semestre, exactamente el 29 de junio, inicia el periodo de inscripción de candidatos y listas de aspirantes a cargos de elección popular. Ese mismo día vence el término para el registro de los comités inscriptores que promueven el voto en blanco.

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Un mes después vence el periodo de inscripción de candidatos y listas de los mismos. El 29 de julio los aspirantes podrán publicar propaganda electoral empleando el espacio público y se divulga el censo electoral.

Dos días después, es decir, el 31 de junio inicia el periodo para la modificación de candidatos y listas de candidatos por renuncia o no aceptación. Por su parte, la Registraduría solicitará las listas de las personas que pueden ser jurados de votación a las entidades públicas, privadas, directorios políticos y establecimientos educativos.

Durante el mes de agosto habrá cuatro momentos importantes. El 2 de agosto los registradores y alcaldes establecerán los lugares en donde se instalarán las mesas de votación e iniciará la publicidad en medios de comunicación; el cuarto día de ese mes vence el periodo para la modificación de candidatos y listas de candidatos.

El mismo día los delegados del Registrador Nacional y registradores distritales deben reportar los candidatos inscritos; el 6 de agosto será publicado el listado de candidatos inscritos y el 29 de ese mes se cierra la inscripción de ciudadanos para votar.

Para septiembre, precisamente el 15 de ese mes, habrá conformación de listas de delegados del Consejo Nacional Electoral a fin de practicar los escrutinios generales. El 29 "Vence el plazo de modificación de candidaturas revocadas por causas constitucionales o legales, inhabilidad sobreviniente o evidenciada con posterioridad a la inscripción".

Finalmente en octubre, mes de elecciones, exactamente el 18 de ese mes vence el plazo de inscripción de nuevas candidaturas en caso de muerte o incapacidad física permanente, y el 29 será el día de las elecciones de los candidatos que aspiran a cargos de  gobernadores, alcaldes, diputados, concejales, ediles o miembros de juntas administradoras locales.

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