Publicidad
Consejo de Estado negó muerte política del representante José Jaime Uscátegui
El Alto Tribunal concluyó que no se configuró inhabilidad por el cargo ejercido por el hermano del congresista.
La Sala Especial de Decisión de Pérdida de Investidura del Consejo de Estado negó la solicitud presentada contra el representante a la Cámara por Bogotá, José Jaime Uscátegui Pastrana, en un proceso que buscaba determinar si debía perder su investidura.
El caso se centró en establecer si el congresista incurrió en la causal contemplada en el numeral 1 del artículo 183 de la Constitución Política, relacionada con la violación del régimen de inhabilidades, específicamente el numeral 5 del artículo 179. La discusión giró en torno a si su hermano, pariente en segundo grado de consanguinidad, ejercía autoridad política al momento de su inscripción como candidato en la misma circunscripción.
Lea también (Presidente Petro pide la renuncia del interventor de Nueva EPS)
Durante el análisis, la Sala confirmó que el hermano del congresista se desempeñaba como edil en la Junta Administradora Local de Usaquén para ese momento. Sin embargo, concluyó que esta condición no es suficiente para configurar la inhabilidad alegada.
El alto tribunal explicó que el cargo de edil, al ejercerse dentro de un órgano colegiado, no implica automáticamente el ejercicio de autoridad política. Además, en este caso no se lograron demostrar funciones específicas que evidenciaran dicho ejercicio en los términos exigidos por la Constitución.
Finalmente, la Sala precisó que la elección y posterior posesión del hermano como concejal de Bogotá, ocurridas después de la inscripción y elección del congresista, no generan una inhabilidad sobreviniente, por lo que no hay lugar a la pérdida de investidura.
Otras noticias
Etiquetas