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Retiran órdenes de libertad a cinco integrantes de disidencias de las Farc

El primera instancia se argumentó que los términos del proceso ya estaban vencidos. La Procuraduría y la Fiscalía apelaron la decisión.

LIBERTAD NEGADA - CÁRCEL
Por Laura Cortés Lamilla | Sáb, 18/03/2023 - 11:46 Créditos: Procuraduría

La Procuraduría General de la Nación presentó una serie de argumentos que fueron acogidos por el Juez 24 Penal del Circuito de Bogotá, con funciones de conocimiento, para revocar la libertad otorgada a cinco presuntos integrantes de las disidencias de las Farc, a quienes se les concedió ese beneficio por un posible vencimiento de términos en el proceso. 

Estos cinco personas son: Jaime Hernando Olarte Torres, Víctor Hugo Ruiz Herrera, Yeison Manyíber Franco Sánchez, David Rabelo Gutiérrez y Yeiner Avendaño Bohórquez, quienes son señalados de pertenecer al grupo armado organizado (GAO) y concertarse para realizar actividades ilícitas. 

El fallo fue adoptado por, luego de resolver la apelación representada por la Procuradora 181 Judicial Penal II de Bogotá, quien señaló que las disidencias de las Farc cumplen con las características para ser consideradas como un GAO, además de que la Fiscalía cuenta con la facultad para calificar a quienes pertenecen a esa clase de organizaciones ilegales.

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Además, se determinó que los términos no se han vencido, teniendo en cuenta los tiempos de la investigación y los aplazamientos concedidos durante las audiencias, los cuales son atribuidos a la defensa de los procesados. 

Por su parte, el juez señaló que, una vez analizado el desarrollo de la actuación penal, los términos de esta no estaban vencidos, tal como lo argumentó el Ministerio Público. Así mismo, sostuvo que a los acusados les asiste el derecho de disponer de un tiempo razonable y de medios adecuados para la preparación de su defensa, pero también “es deber de las autoridades judiciales cumplir de manera diligente los plazos establecidos, no sólo porque su inobservancia puede ser sancionada sino, también porque la dilación injustificada configura una violación del debido proceso”. 

Teniendo en cuenta lo anterior, se ordenó al Centro de Servicios Judiciales de Bogotá emitir las respectivas boletas de encarcelamiento a los cinco procesados. 

 

 

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