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La JEP le cierra la puerta a Sor Teresa Gómez y a Jorge Visbal

La cuñada de los Castaño y el expresidente de Fedegán fueron excluidos de la Justicia Especial por no aportar a la verdad.

Audiencia JEP
Por Agencia Periodismo Investigativo | Vie, 30/06/2023 - 18:00 Créditos: Facebook Justicia Especial para Paz (JEP)

Dado que no proporcionaron testimonios exhaustivos ni representativos a la verdad en relación con sus vínculos con estructuras paramilitares, la Justicia Especial para la Paz (JEP) rechazó las solicitudes de sometimiento de Sor Teresa Gómez Álvarez, en calidad de tercero civil, y de Jorge Aníbal Visbal Martelo, como agente del Estado no integrante de la fuerza pública y tercero civil.

La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas determinó que Sor Teresa formaba parte del grupo paramilitar dirigido por la Casa Castaño, pero como miembro no armado de las Autodefensas Campesinas de Córdoba y Urabá (ACCU), y no como colaboradora de terceros. Esta condición la excluye de la competencia de la JEP, que está reservada para excombatientes de las Farc, miembros de la fuerza pública y terceros civiles.

La sala también consideró esto al rechazar su solicitud y negarle el beneficio de libertad transitoria, condicionada y anticipada.

Además, los magistrados de la Subsala Especial de Definición de Situaciones Jurídicas concluyeron que los relatos verbales y escritos de Gómez Álvarez evidenciaban una falta de compromiso con el Sistema Integral para la Paz, ya que hizo declaraciones revictimizantes y justificó sus acciones, a pesar de tener condenas penales vigentes.

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Gómez Álvarez desempeñó el papel de administradora y testaferro de la estructura paramilitar, a través de la cual llevó a cabo despojos de tierras en la región de Urabá. Compraba propiedades a las víctimas desplazadas por paramilitares a precios más bajos, tanto a su nombre como en nombre de Funpazcor, una fundación creada por los hermanos Castaño Gil. Posteriormente, estas propiedades despojadas eran transferidas y legalizadas a través del Fondo Ganadero de Córdoba.

En el caso de Visbal Martelo, quien fue senador y presidente de la Federación Nacional de Ganaderos (Fedegan), la sala determinó que su nivel de participación e influencia en asuntos relacionados con el conflicto armado en las zonas ganaderas del país, debido a los roles que desempeñó durante un período considerable, no se correspondía con su escaso aporte a la verdad.

Según la resolución, los aportes de Visbal Martelo no fueron más allá de lo que ya era conocido por la justicia ordinaria. Además, se reveló su intención de desarrollar una estrategia defensiva para impugnar las pruebas presentadas por la justicia ordinaria.

En este sentido, la JEP ordenó remitir las copias de su expediente a la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia para que allí se reactive el proceso por el delito de concierto para delinquir agravado, por el cual había sido condenado en primera y segunda instancia como autor, y que había sido suspendido mientras se definía su situación ante la JEP.

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