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Juez ordena al gobierno de De la Espriella suspender bombardeos donde haya presencia de menores
La medida cautelar obliga a verificar la presencia de niños antes de realizar operaciones aéreas ofensivas.
Un juez ordenó al Gobierno de Abelardo De la Espriella abstenerse de ejecutar operaciones aéreas ofensivas contra campamentos de grupos armados cuando exista información cierta, objetiva o razonablemente verificable sobre la presencia de niños, niñas o adolescentes utilizados por esas organizaciones.
La decisión fue adoptada mediante una medida cautelar dirigida a la Presidencia de la República, el Ministerio de Defensa, el Comando General de las Fuerzas Militares, el Ejército Nacional, la Fuerza Aeroespacial Colombiana y la Armada Nacional, cada una dentro del ámbito de sus respectivas competencias.
La orden tendrá vigencia mientras se adopta una decisión de fondo dentro de la acción de tutela y establece que, antes de ejecutar una operación aérea, las autoridades deberán adoptar y verificar las medidas de precaución y protección necesarias cuando exista información sobre la posible presencia de menores en el lugar.
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De acuerdo con la decisión judicial, una operación aérea solo podrá ejecutarse si, a partir de la información disponible y de los protocolos operacionales aplicables, las autoridades determinan que no existe una alternativa operacional menos lesiva que permita alcanzar el objetivo militar legítimo.
De esta manera, la medida no establece una prohibición general de las operaciones aéreas contra grupos armados, sino que impone condiciones específicas cuando las autoridades cuenten con información sobre la presencia de menores utilizados por esas estructuras.
El juez ordenó que la información disponible sea evaluada previamente y que se adopten las medidas necesarias para proteger a los menores antes de autorizar una operación aérea ofensiva.
La medida judicial se conoce después de los recientes operativos militares contra las disidencias de alias Calarcá, entre ellos una operación realizada en El Retorno, Guaviare, que dejó 10 integrantes de esa estructura muertos.
El pronunciamiento judicial pone nuevamente en el centro del debate las condiciones bajo las cuales las Fuerzas Militares pueden realizar operaciones aéreas contra campamentos de grupos armados, particularmente cuando existe información sobre la posible presencia de menores dentro de esas estructuras.
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