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Fiscalía establece nuevo modelo para el ingreso de denuncias
La Directiva 0002 de 2026 establece una nueva ruta para recibir, verificar, analizar y clasificar las denuncias antes de crear una noticia criminal y asignar el caso a un fiscal.
La Fiscalía General de la Nación modificó la ruta para la recepción y gestión inicial de las denuncias con la entrada en vigencia de la Directiva 0002 de 2026, suscrita el 12 de agosto. La nueva disposición establece que la información recibida por la entidad deberá pasar primero por un proceso de verificación y análisis antes de convertirse en una noticia criminal y ser asignada a un despacho fiscal.
El objetivo del nuevo modelo es que las denuncias lleguen registradas de manera completa y estructurada, puedan ser direccionadas a la dependencia competente y permitan detectar desde las primeras etapas posibles duplicidades, conexiones entre investigaciones y patrones delictivos.
La ruta quedó organizada en cuatro etapas: recepción, ingreso y clasificación de la información; análisis; creación de la noticia criminal o asociación con un caso existente; y comunicación de las decisiones adoptadas. La asignación a un fiscal ocurre después de superar las fases iniciales de revisión.
¿Cómo funcionará el nuevo filtro?
La Fiscalía recibe información a través de diferentes canales, entre ellos Denuncia Fácil, los Centros y Puntos de Atención de Fiscalías, Casas de Justicia y líneas telefónicas, además de otros mecanismos institucionales. La directiva aclara que el correo electrónico institucional y el sistema de gestión documental no constituyen por sí mismos canales formales para recibir denuncias; cuando una denuncia llegue por estas vías deberá incorporarse al sistema destinado para su recepción.
Una vez recibida, la información obtiene un número de radicado. Este registro permite acreditar que la Fiscalía tuvo conocimiento del caso y facilita su trazabilidad, pero no significa que ya exista una noticia criminal.
Posteriormente se realiza la clasificación, etapa en la que se revisan elementos como la descripción de los hechos, la posible conducta delictiva, la fecha, el lugar y los sujetos involucrados. Si la información resulta insuficiente, los funcionarios podrán solicitar al denunciante que la amplíe.
La directiva también contempla la posibilidad de inadmitir una denuncia cuando la descripción de los hechos sea genérica, vaga o confusa, cuando no exista información suficiente para inferir que ocurrieron o cuando lo relatado no tenga características de delito según el Código Penal.
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Cuando el asunto corresponda a una dependencia especializada, será remitido a esa unidad. Si los hechos no tienen relevancia penal o corresponden a otra jurisdicción, la información será enviada a la autoridad competente y no se iniciará una actuación penal.
La Fiscalía buscará conectar investigaciones
Una de las novedades del modelo es el análisis destinado a determinar si una denuncia corresponde a hechos que ya están siendo investigados.
Los funcionarios deberán consultar los sistemas de la entidad para identificar posibles duplicidades. Si encuentran una investigación anterior por los mismos hechos, no se creará una nueva noticia criminal y la información será remitida al fiscal que ya conoce el proceso.
También se buscarán conexiones entre casos que, aunque no sean idénticos, puedan estar relacionados por elementos como el modus operandi, las víctimas, los indiciados, la naturaleza del delito o la ubicación de los hechos.
Cuando se determine que existe una posible relación, los analistas podrán elaborar un informe de orientación estratégica para el fiscal correspondiente. La propuesta contempla que los hechos relacionados puedan investigarse dentro de una misma noticia criminal.
El fiscal tendrá la posibilidad de aceptar o rechazar la asociación. Si no está de acuerdo, deberá explicar por escrito las razones de su decisión y remitirlas al director o superior jerárquico correspondiente.
¿Cuándo llegará el caso al fiscal?
La noticia criminal solo será creada después de verificar que los hechos tienen características de delito, descartar duplicidades y establecer que no corresponde asociarlos con otra investigación. A partir de ese momento, el caso podrá ser asignado a fiscales de intervención temprana, grupos de gestión inicial o fiscales de conocimiento, según corresponda.
Una vez abierto el caso, podrán adelantarse actuaciones investigativas y solicitarse medidas ante un juez de control de garantías cuando sean necesarias para proteger derechos, detener los efectos del delito o procurar el restablecimiento de la situación afectada. También podrán desarrollarse actividades para obtener o preservar elementos materiales probatorios, como imágenes de cámaras de seguridad, datos telefónicos o información bancaria.
La directiva establece además los casos en los que podrá proceder el archivo, entre ellos cuando los hechos no constituyan delito, no hayan ocurrido, el querellante carezca de legitimidad o haya operado la caducidad de la querella.
Mientras la Fiscalía realiza los ajustes tecnológicos necesarios para automatizar el direccionamiento y reparto de los casos, la verificación y remisión de las denuncias se realizará manualmente por las áreas correspondientes de las Direcciones Seccionales, conforme a los criterios de competencia vigentes.
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