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Evidencian supuesta reunión de cúpula de Fiscalía que favorecería a miembros de la Primera Línea

La fiscal general Luz Adriana Camargo no se ha pronunciado frente a la denuncia.

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Por Agencia Periodismo Investigativo | Sáb, 07/11/2026 - 11:38 Créditos: Fiscalía General de la Nación


Una reunión celebrada en junio de 2026 entre altos funcionarios de la Fiscalía General de la Nación habría tenido como propósito modificar la acusación por terrorismo contra 11 integrantes de la denominada primera línea, procesados por ataques contra el sistema TransMilenio, instalaciones públicas y ciudadanos en Bogotá.

La instrucción habría sido atribuida a la fiscal general, Luz Adriana Camargo, según una denuncia publicada por la revista Semana este sábado.

El encuentro, convocado como una mesa técnica, habría servido para comunicar a las fiscales encargadas del expediente la intención de sustituir el delito de terrorismo por el de asonada o, alternativamente, estudiar la aplicación del principio de oportunidad a los investigados. La propuesta fue rechazada por las funcionarias que adelantaban el proceso penal.

En la reunión participaron Deicy Jaramillo, delegada para la Seguridad Territorial; Zenaida de Jesús López, coordinadora de fiscales delegados ante la Corte Suprema de Justicia; Juan Andrés Cano, vinculado a la dirección de Justicia Transicional, y dos fiscales de la Seccional Bogotá.

De acuerdo con los testimonios conocidos por Semana, durante el encuentro uno de los asistentes transmitió el supuesto inconformismo de Camargo con los delitos incluidos en la acusación. La afirmación fue atribuida a una fuente que aseguró haber participado en la reunión.

Ante la negativa de las fiscales a modificar los cargos, Juan Andrés Cano habría planteado la posibilidad de acudir al principio de oportunidad, mecanismo contemplado en la legislación procesal penal colombiana que permite suspender, interrumpir o renunciar a la persecución penal en determinadas circunstancias y bajo las condiciones establecidas por la ley.

Las fiscales responsables de la investigación se opusieron a las dos alternativas y mantuvieron su posición frente a los delitos que, según las pruebas recopiladas durante más de dos años, habrían cometido los procesados.

El 16 de junio de 2026, Camargo firmó la Resolución 0171, mediante la cual dispuso la variación de la asignación del expediente y su traslado a fiscales vinculados con un grupo de tareas especiales encargado de investigar conductas relacionadas con escenarios de protesta social.

La decisión se produjo un día antes de la audiencia de acusación, prevista para el 17 de junio, cuando el ente investigador debía continuar el proceso contra los 11 señalados por su presunta participación en una organización dedicada a ejecutar actos violentos en la capital.

La resolución estableció que los nuevos funcionarios debían examinar la adecuación jurídica de las conductas, la responsabilidad individual de los investigados y la posible aplicación de mecanismos restaurativos o de terminación anticipada.

El documento también incorporó consideraciones sobre la protección constitucional de los derechos de reunión y manifestación pública y pacífica, en relación con los procesos penales derivados de hechos ocurridos durante las protestas.

Según la denuncia periodística, después de la reasignación del expediente, la fiscal que había preparado la acusación fue retirada de la entidad y el director seccional también fue trasladado.

Las fuentes consultadas por Semana relacionaron esas decisiones administrativas con la negativa de los funcionarios a modificar los cargos. Esa relación corresponde a los señalamientos de las fuentes y no a una determinación judicial.

El expediente comprendía hechos relacionados con ataques a vehículos de transporte público, destrucción de infraestructura, amenazas contra ciudadanos y utilización de artefactos explosivos durante las jornadas de protesta registradas en Bogotá.

La investigación contó con grabaciones, interceptaciones de comunicaciones y elementos recopilados por investigadores de la Sijín, que sirvieron para identificar a los presuntos participantes y establecer las conductas atribuidas a cada uno.

Entre los episodios documentados figura el de un procesado que habría intimidado a un conductor de TransMilenio con un artefacto explosivo artesanal conocido como “papa bomba”, lanzado elementos similares cerca de un vehículo con pasajeros y destruido sus vidrios con un machete.

Posteriormente, uno de los documentos de negociación sostuvo que esa conducta no reunía los elementos jurídicos necesarios para mantener la calificación de terrorismo.

Tras la reasignación, la Fiscalía adelantó negociaciones que contemplaron penas de entre cinco y siete años de prisión, la eliminación del delito de terrorismo para algunos procesados y la modificación de la forma de participación penal de autores a cómplices en otros casos.

Durante la última semana de octubre de 2026, siete de los investigados aceptaron los cargos establecidos en las negociaciones presentadas ante una jueza. La defensa solicitó que la audiencia tuviera carácter reservado, petición que fue aceptada por el despacho judicial.

TransMilenio S. A. y la Universidad Nacional de Colombia, reconocidas como víctimas dentro del expediente, manifestaron reparos frente a las condiciones en las que se adelantaron los acuerdos.

Los representantes de las víctimas señalaron que recibieron información sobre la presentación de las negociaciones con aproximadamente 12 horas de anticipación. También promovieron una acción de tutela para obtener información sobre los términos de los acuerdos y los fundamentos jurídicos utilizados para modificar las acusaciones.

El caso tiene como antecedente una sentencia del Tribunal Superior de Bogotá, proferida el 24 de mayo de 2024, que confirmó condenas contra cuatro personas vinculadas con una estructura que infiltró las manifestaciones en la capital y mantuvo contactos con integrantes de las disidencias de las Farc.

El fallo examinó principalmente hechos ocurridos entre 2019 y 2020, anteriores al paro nacional de 2021, aunque relacionados con la organización de acciones violentas en escenarios de protesta.

La decisión judicial confirmó penas de aproximadamente 19 años de prisión para tres condenados y de 10 años para una cuarta persona, por delitos relacionados con terrorismo, concierto para delinquir, violencia contra servidor público, perturbación del transporte público y daño en bien ajeno.

Los condenados fueron Wilson Reinel Moreno, Justo Ernesto Villarraga Trujillo, Érika Lorena Flórez Durán y Greissy Alexandra Perilla Vargas. La investigación estableció vínculos entre algunos de ellos y el denominado Frente Segundo Manuel Marulanda Vélez, perteneciente a las disidencias de las Farc.

Según el fallo, la organización contaba con mecanismos de coordinación, distribución de responsabilidades, reclutamiento de jóvenes y preparación de acciones violentas durante las movilizaciones.

Las comunicaciones interceptadas permitieron identificar instrucciones relacionadas con ataques contra integrantes de la fuerza pública y vehículos del sistema de transporte público.

El Tribunal determinó que los condenados participaron en una estructura criminal que utilizó las manifestaciones para ejecutar conductas delictivas.

Entre los elementos acreditados figuraron contactos con integrantes de organizaciones armadas ilegales, actividades de adoctrinamiento, conformación de grupos urbanos y coordinación de ataques contra infraestructura de Bogotá.

La investigación identificó una organización denominada “Comandos Urbanos”, relacionada con el reclutamiento de jóvenes y su preparación para participar en acciones violentas. También documentó actividades de una escuela clandestina denominada “Resistencia Civil”, ubicada en las afueras de Bogotá, donde se habrían desarrollado labores de adoctrinamiento.

Los investigadores establecieron que algunos de los involucrados mantenían comunicaciones con miembros de las disidencias y recibían orientaciones para coordinar actividades durante las manifestaciones. La estructura utilizaba mecanismos de comunicación y organización territorial para ejecutar las acciones.

En la sentencia, el Tribunal sostuvo que las pruebas permitían establecer la existencia de una organización criminal que se introdujo en las protestas con el propósito de atacar a la fuerza pública y destruir infraestructura del Sistema Integrado de Transporte Público.

La corporación también señaló que las conductas investigadas no correspondían únicamente a expresiones espontáneas de inconformidad ciudadana, sino a actuaciones previamente coordinadas por los responsables de la organización. La decisión distinguió entre el ejercicio legítimo de la protesta y las acciones delictivas cometidas por los condenados.

En otro proceso relacionado directamente con las protestas de 2021, el Tribunal Superior de Bogotá confirmó, en junio de 2025, la condena contra Sergio Andrés Pastor González, conocido como alias “19”, Marcela Ivone Rodríguez Parra, Johann Steven Sainea Rubio y Fernando Urrea Martínez.

Los cuatro fueron declarados responsables de concierto para delinquir y tortura por hechos ocurridos durante las movilizaciones en el sector del Portal de las Américas, en el suroccidente de Bogotá. La pena quedó fijada en 12 años y nueve meses de prisión.

La investigación estableció que los condenados participaron en la retención y tortura de un ciudadano al que señalaban de pertenecer a la Policía Nacional. La víctima fue sometida a agresiones físicas y amenazas mientras sus captores intentaban obtener información sobre una supuesta infiltración policial.

El Tribunal también examinó la organización de grupos que operaban en los sectores de Kennedy y Bosa, donde se reunían materiales para fabricar elementos incendiarios y artefactos artesanales utilizados durante los enfrentamientos con la fuerza pública.

Estas decisiones judiciales corresponden a expedientes diferentes del proceso contra los 11 investigados cuya reasignación ordenó Camargo en junio de 2026.

La actuación de la fiscal general volvió a quedar bajo cuestionamiento tras conocerse los testimonios sobre la reunión celebrada ese mes y los posteriores acuerdos judiciales que modificaron las acusaciones contra varios integrantes de la primera línea.

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