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Otro decreto en pausa: Consejo de Estado suspende cambios en retención en la fuente

Alta corte frenó cambios tributarios al considerar insuficiente la justificación del Gobierno.

Consejo de Estado 25
Por Agencia Periodismo Investigativo | Jue, 07/05/2026 - 18:48 Créditos: Red social X @consejodeestado / Fachada edificio del Consejo de Estado

El Consejo de Estado suspendió de manera provisional los artículos 2 al 8 del Decreto 572 de 2025, mediante el cual el Gobierno Nacional modificó las tarifas y bases de retención y autorretención en la fuente aplicables a otros ingresos tributarios.

Estas medidas están relacionadas con el anticipo del impuesto sobre la renta que deben pagar los contribuyentes, así como con los montos de ingresos a partir de los cuales se activa dicho cobro.

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En su decisión, el Alto Tribunal recordó que el artículo 365 del Estatuto Tributario faculta al Gobierno para fijar estas tarifas y bases, pero condiciona esa potestad a una motivación suficiente y adecuada. En particular, exige justificar la cuantía de los pagos o abonos, las tarifas vigentes del impuesto y los cambios legislativos que incidan en dichas tarifas.

Tras un análisis preliminar de legalidad, la corporación concluyó que el decreto y los documentos de soporte elaborados por el ministerio de Hacienda no explican los fundamentos técnicos, económicos ni jurídicos que respalden la necesidad de implementar estas modificaciones.

El Consejo de Estado determinó que no se acreditó el cumplimiento de los parámetros exigidos por la ley, lo que llevó a la suspensión provisional de los efectos de las disposiciones demandadas.

En consecuencia, el tribunal consideró que se cumplen los requisitos establecidos en el artículo 231 de la Ley 1437 de 2011 para decretar la medida cautelar, mientras se adopta una decisión de fondo sobre la legalidad del decreto.

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