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Gobierno propone endurecer controles a plataformas como Airbnb
Exige RNT obligatorio para todas las rentas cortas. El proyecto de decreto busca formalizar el turismo y vigilar en tiempo real a apartamentos y plataformas que operan sin registro.
El Ministerio de Comercio presentó un proyecto de Decreto que endurece las normas para todos los actores del sector turístico, incluidas plataformas digitales como Airbnb y los usuarios que ofrecen viviendas y apartamentos en alquiler. La iniciativa busca impulsar la formalización del sector en medio del crecimiento de las rentas cortas, un mercado en expansión que ha enfrentado problemas de seguridad, convivencia y casos de explotación sexual.
El documento establece que todos los prestadores de servicios turísticos deberán inscribirse en el Registro Nacional de Turismo (RNT). Esto incluye a los operadores de plataformas electrónicas domiciliados en el exterior, que deberán registrarse a través de la Cámara de Comercio de Bogotá.
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El texto aclara que este trámite no constituye domicilio ni establecimiento permanente en Colombia, ni obliga a abrir sucursales o representaciones en el país.
El proyecto también fortalece el rol de las cámaras de comercio, que no solo administrarán la información del RNT, sino que deberán verificar material y documentalmente el cumplimiento de los requisitos de inscripción, actualización y permanencia. Para ello, implementarán mecanismos automáticos y manuales de comprobación, cuyos resultados deberán estar disponibles en tiempo real para el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
Uno de los puntos centrales del borrador es la creación del Sistema de Verificación y Control del Registro Nacional de Turismo (Svcrnt), una herramienta de seguimiento permanente al cumplimiento de los requisitos de los prestadores. El sistema será administrado por las cámaras de comercio bajo lineamientos del Ministerio de Comercio y operará de manera interoperable con bases de datos de las alcaldías, la Dian, el Ministerio de Transporte, el Ministerio de Ambiente, Parques Nacionales, Migración Colombia y otras autoridades.
En materia de vivienda turística, el decreto establece exigencias adicionales: cuando el inmueble esté sometido a propiedad horizontal, se deberá anexar el reglamento de la copropiedad donde se autorice explícitamente la prestación del servicio de alojamiento. En casos de arrendamiento, el arrendatario deberá contar con autorización expresa del propietario, cuyas datos deberán ser registrados en la plataforma del RNT. Además, el registro individual de cada vivienda debe estar a nombre del propietario del inmueble.
El proyecto recalca que cualquier establecimiento, vivienda turística o plataforma que opere sin RNT o con el RNT suspendido deberá ser cerrado temporalmente por la alcaldía correspondiente. Paralelamente, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) podrá abrir investigaciones por operar sin el requisito habilitante y aplicar sanciones que incluyen multas, órdenes de cese de actividades y medidas adicionales en casos de publicidad engañosa o suplantación del número RNT.
Las plataformas también enfrentan nuevas obligaciones. Si permiten anuncios de prestadores sin RNT o suspendidos, deberán retirarlos o bloquearlos; de no hacerlo, podrán ser investigadas y sancionadas por la SIC e incluso perder su propio registro como plataformas digitales de servicios turísticos.
La propuesta normativa entrará en fase de comentarios antes de ser adoptada oficialmente por el Gobierno nacional.
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