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Corte deja sin efecto deuda de 230 millones de euros a Telefónica y habilita venta de su filial en México
La española gana batalla judicial tras fallo de la SCJN que anula deuda fiscal millonaria.
En una decisión que marca un hito jurídico y económico para la multinacional española Telefónica, S.A., la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de México confirmó que la filial local de la operadora —conocida comercialmente como Movistar y registrada bajo la razón social Pegaso PCS, S.A. de C.V.— no tendrá la obligación de pagar un crédito fiscal por 4 442 millones de pesos, equivalentes a unos 230 millones de euros, correspondientes al Impuesto Sobre la Renta (ISR) del ejercicio fiscal de 2015.
La decisión, que se desprende de la resolución del amparo en revisión 1172/2025, deja en firme una sentencia previa que protegía a la empresa frente al cobro reclamado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) de México.
El origen del conflicto se remonta a una controversia tributaria surgida tras la negativa del Servicio de Administración Tributaria (SAT) de permitir a Telefónica deducir determinados gastos fiscales derivados de una fusión empresarial realizada en 2014.
Esa inconformidad llevó en 2019 a la emisión de un crédito fiscal millonario por un concepto de ISR que la autoridad fiscal estimó adeudado por la empresa. Inicialmente, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) confirmó el cobro en 2022.
Posteriormente, en 2023, un tribunal colegiado resolvió a favor de Telefónica y declaró la nulidad del crédito, otorgando un amparo que ahora fue definitivamente ratificado por la SCJN.
La mayoría de magistrados del pleno de la SCJN determinó que la SHCP no contaba con legitimación jurídica para interponer un recurso de revisión contra la sentencia favorable a Telefónica, lo cual es un requisito procesal indispensable para que el Estado pueda impugnar judicialmente una resolución que le perjudique.
Al carecer de esa legitimación “ad causam”, el recurso fue desechado de plano, y la sentencia de nulidad se convirtió en definitiva e inapelable.
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La resolución ha generado un intenso debate jurídico y constitucional. En su voto en contra, la ministra Lenia Batres Guadarrama, integrante de la SCJN, sostuvo que Hacienda sí debía tener facultades para defender los intereses fiscales del Estado, señalando que el pago de impuestos es una obligación constitucional y que la deducción en disputa estaba relacionada con la operación y explotación de una red pública de telecomunicaciones, materia regulada por el artículo 28 de la Constitución mexicana.
La sentencia favorece los objetivos estratégicos de Telefónica de limpiar su balance y despejar incertidumbres legales en uno de sus mercados más importantes fuera de Europa, en un momento en el que busca desinvertir en varias operaciones en América Latina.
La filial mexicana ha estado en negociación para su venta al grupo emiratí Beyond ONE, propietario de Virgin Mobile México, como parte de un plan más amplio de la compañía para concentrarse en sus mercados principales en Europa y Brasil.
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