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Se prolonga la suspensión de términos judiciales hasta el 24 de mayo

Por LeidyHernandez | Vie, 08/05/2020 - 08:36

El Consejo Superior de la Judicatura, por medio de un comunicado informó que prorroga la suspensión en términos judiciales para proteger la salud de los servidores y usuarios de la Rama Judicial. Sin embargo, se amplían las excepciones a otros procesos y actuaciones.

Por el estado de emergencia por la pandemia del coronavirus y en consecuencia con el artículo 11549 a partir del 11 de mayo se adicionan a los procesos y actuaciones la aprobación o improbación de las conciliaciones extrajudiciales que estuvieron pendientes de decisión en juzgados y tribunales administrativos al 16 de marzo de 2020.

También se adicionan los medios de control establecidos en la Ley 1437 de 2011 y las acciones del Decreto 01 de 1984, cuando los procesos se encuentren para dictar sentencia, en primera, segunda o única instancia. De igual forma se incluyen las audiencias de autorización previa de búsqueda selectiva en bases de datos, la declaración de persona ausente, declaratoria de contumacia, peticiones de suspensión del poder dispositivo y los procesos de extinción de dominio que se encuentren para dictar sentencia.

Quedará activo el reconocimiento de pensión vejéz y los procesos escriturales que se encuentren en trámite. Así como el reconocimiento de intereses moratorios y, el reconocimiento y reliquidación de indemnización sustitutiva, ante jueces de pequeñas causas laborales.

De esta forma, se mantendrán las herramientas tecnológicas y las restricciones de acceso a las sedes judiciales. Pero de ser necesario acudir a las sedes judiciales, se deben cumplir con todas las condiciones y elementos necesarios para que el acceso a las sedes sea seguro y de acuerdo a las medidas establecidas por el Gobierno Nacional.