Publicidad

 

Supersalud denuncia penalmente a directivos de la FLA por presunta obstrucción a una auditoría

El caso fue puesto en conocimiento de la Fiscalía, la Procuraduría y la Contraloría.

Supersalud
Por Agencia Periodismo Investigativo | Mar, 30/06/2026 - 13:10 Créditos: Telemedellín

La Superintendencia Nacional de Salud presentó una denuncia penal ante la Fiscalía General de la Nación contra directivos de la Fábrica de Licores de Antioquia por la presunta obstrucción de una auditoría adelantada por el organismo de control en ejercicio de sus funciones de inspección, vigilancia y control.

Según la Superintendencia, los directivos de la FLA se negaron a permitir la continuidad de la diligencia de auditoría, lo que impidió el desarrollo de las actuaciones programadas por el equipo auditor.

De acuerdo con la entidad, el pasado 26 de junio de 2026, los funcionarios encargados de la auditoría se presentaron en las instalaciones de la FLA con el propósito de reanudar las labores de inspección. Sin embargo, la empresa no autorizó el ingreso ni permitió la continuación del procedimiento.

Lea también (Cae fisioterapeuta acusada de dejar lesionadas a tres personas tras procedimientos estéticos en Medellín)

La Superintendencia afirmó que se trata de un hecho sin precedentes, al señalar que, hasta ahora, ningún sujeto vigilado había impedido el ejercicio de sus funciones de inspección, vigilancia y control.

Asimismo, recordó que previamente la auditoría había permanecido suspendida debido a una recusación presentada el 24 de junio de 2026 por la FLA contra el superintendente nacional de Salud, Daniel Quintero Calle, y el superintendente delegado para Entidades Territoriales, Juan David Duque García.

No obstante, esa recusación fue declarada no probada por el ministerio de Salud mediante la Resolución 2026100000007139-6 de 2026, decisión que permitió reactivar la auditoría ordenada a través del Auto No. 202659000001332-7 del 22 de junio de 2026.

La Superintendencia sostuvo que, pese a que el obstáculo jurídico había sido superado, la FLA volvió a impedir la reanudación de la diligencia.

El organismo recordó que, conforme a los artículos 6, 121 y 209 de la Constitución Política, todos los servidores públicos y sujetos vigilados tienen el deber de colaborar con las autoridades y atender sus requerimientos.

En ese sentido, advirtió que la conducta denunciada podría configurar el delito de obstrucción a la función pública, contemplado en el artículo 429D del Código Penal, el cual establece penas de prisión de 36 a 60 meses, sin perjuicio de las eventuales responsabilidades disciplinarias y fiscales que puedan derivarse de los hechos.

Además de la denuncia penal ante la Fiscalía, la Superintendencia informó que puso los hechos en conocimiento de la Procuraduría General de la Nación y de la Contraloría General de la República, mientras adelanta las actuaciones administrativas correspondientes frente a la entidad vigilada, incluidas las medidas que permita la ley.

Otras noticias

 

Etiquetas