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¿Cómo consultar si es jurado de votación para el 8 de marzo? Guía oficial 2026

Jurado de votación, verifique si fue elegido y conozca las sanciones.

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Por Agencia Periodismo Investigativo | Mié, 18/02/2026 - 18:42 Créditos: Puesto de votación. Tomada de Shutterstock

Con las elecciones legislativas programadas para el domingo 8 de marzo de 2026, en las que se elegirán los nuevos integrantes del Congreso de la República para el período 2026-2030, millones de colombianos deberán cumplir no solo con su deber de votar, sino que cientos de miles han sido designados como jurados de votación, una función ciudadana obligatoria fundamental para el desarrollo de la jornada democrática.

Cómo consultar si fue elegido jurado de votación?

La Registraduría Nacional del Estado Civil habilitó mecanismos sencillos para que cualquier ciudadano pueda verificar si ha sido designado como jurado para la elección del Congreso:

Sitio web oficial: Ingresando a la página de la Registraduría (www.registraduria.gov.co), donde hay una opción específica para “Consultar jurado de votación”. Allí se solicita el número de cédula de ciudadanía para mostrar si la persona fue seleccionada, el puesto y el horario asignado.

Aplicación móvil “aVotar”: También es posible descargar esta aplicación oficial en dispositivos móviles para hacer la consulta.

Publicación física de listas: Además de los canales digitales, la entidad publica listados en lugares públicos (como sedes de alcaldías o de la Registraduría) que sirven como notificación legal válida.

Publicación física de listas: Además de los canales digitales, la entidad publica listados en lugares públicos (como sedes de alcaldías o de la Registraduría) que sirven como notificación legal válida.

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Los jurados de votación son ciudadanos seleccionados para atender, durante la jornada electoral, a los electores que acudan a votar, verificar identidades, entregar tarjetones, diligenciar formularios y garantizar que el voto se cuente de forma transparente.

La labor comienza antes de la apertura de la mesa (generalmente deberán presentarse a las 7:30 a. m.) y se extiende hasta la finalización de la jornada de votación y la entrega de resultados de mesa.

El servicio como jurado de votación es obligatorio para quienes han sido designados, conforme al artículo 105 del Código Electoral.

Las sanciones previstas para quienes no acudan sin causa justificada (como enfermedad grave o residencia fuera del área asignada) incluyen:

Multa económica de hasta 10 salarios mínimos legales mensuales vigentes para personas que no ejercen cargos públicos.

Destitución del cargo público para quienes se desempeñan en el sector estatal.

Para las elecciones parlamentarias del 8 de marzo de 2026, la Registraduría Nacional del Estado Civil designó 862.392 jurados de votación en todo el país: 730.279 jurados principales, 132.113 jurados remanentes (designados para sustituir a quienes no asistan o tengan una causa justificada)

Esta selección se realizó mediante sorteos electrónicos entre el 21 y el 23 de enero de 2026, con la vigilancia de delegados del Ministerio Público, partidos políticos, la Fuerza Pública y autoridades locales.

Además, para estas elecciones están habilitados 41.287.084 colombianos para votar en Colombia y en el exterior, según la Registraduría.

Aunque la cifra oficial de mesas de votación establecidas no se publicó exactamente en los comunicados recientes, para contextos similares en elecciones pasadas el número de mesas suele aproximarse proporcionalmente al censo electoral (como alrededor de 100.000 mesas en elecciones generales anteriores). Esto responde a la necesidad de garantizar atención a la totalidad de votantes habilitados.

Los jurados seleccionados deben asistir a capacitaciones previas organizadas por la Registraduría, que empiezan con semanas de anticipación a la elección. La asistencia a estas sesiones es considerada parte del cumplimiento de la función y también es obligatoria; no acudir puede contribuir a la imposición de las mismas sanciones si no se justifica adecuadamente la ausencia.

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