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CAN ordena a Colombia y Ecuador levantar aranceles en 10 días
El organismo dio ese plazo para desmontar medidas que desataron una “guerra comercial” y provocaron una caída del 60% en exportaciones colombianas.
La Secretaría General de la Comunidad Andina (CAN) emitió un fallo definitivo contra las restricciones comerciales impuestas entre Bogotá y Quito, ordenando a Colombia y Ecuador levantar los aranceles en un plazo perentorio de 10 días hábiles. El organismo concluyó que las medidas violan el Acuerdo de Cartagena y exigió restablecer la libre circulación de mercancías tras meses de una “guerra comercial” que desplomó las exportaciones colombianas en un 60%.
El pronunciamiento se formalizó mediante las resoluciones 2581, 2582 y 2583, firmadas por el secretario general de la CAN, Gonzalo Gutiérrez Reinel. En ellas se determinó que tanto el gobierno de Gustavo Petro como el de Daniel Noboa incurrieron en prácticas contrarias a la normativa andina, marcando un punto de inflexión en el conflicto arancelario que mantenía en vilo el comercio binacional.
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La CAN fue especialmente contundente frente a la denominada “tasa de servicio de control aduanero” aplicada por Ecuador. Según las resoluciones 2581 y 2582, este recargo —que pasó del 30% hasta alcanzar un 100% en mayo— constituye un gravamen ilegal. El organismo desestimó los argumentos de Quito sobre supuestos costos de seguridad y tecnología, como el uso de escáneres y drones, al considerar que estas funciones son responsabilidades generales del Estado y no un servicio directo al importador.
Además, la entidad ordenó habilitar más pasos fronterizos, luego de que Ecuador restringiera el ingreso de carga colombiana exclusivamente al puente internacional de Rumichaca, medida calificada como arbitraria.
El gobierno colombiano también fue objeto de cuestionamientos. A través de la Resolución 2583, la CAN exigió desmontar los aranceles recíprocos impuestos por la administración Petro a productos ecuatorianos como arroz, hortalizas y calzado. Aunque el Ejecutivo defendió estas barreras bajo argumentos de seguridad nacional y protección a sectores productivos, el organismo concluyó que fueron “injustificadas y desproporcionadas”.
El fallo enfatiza que la reciprocidad comercial no constituye una excepción válida para incumplir el programa de liberación dentro del bloque andino, reforzando la obligación de los países miembros de respetar las reglas comunes.
El impacto de la disputa ha sido significativo para el aparato productivo colombiano. De acuerdo con cifras de Analdex, las exportaciones hacia Ecuador cayeron un 60% con corte a marzo de 2026. Sectores clave como el de energía eléctrica registraron una caída del 77,1%, mientras que el comercio de azúcares se redujo en un 26%.
Desde sectores de oposición y corrientes de derecha se ha criticado la falta de una diplomacia técnica más sólida por parte de la Cancillería colombiana, señalando que una disputa por tasas derivó en una guerra de aranceles de hasta el 100% que terminó afectando principalmente a los empresarios locales.
Los 10 días hábiles para cumplir el fallo comenzarán a contarse desde su publicación en la Gaceta Oficial. En caso de incumplimiento, Colombia y Ecuador podrían enfrentar sanciones comerciales adicionales dentro del bloque regional.
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