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Por situación de violencia en el país, defensa de Nicolás Petro solicita que comparezca virtualmente

El abogado del hijo del presidente alegó razones de seguridad para justificar la petición, pero la Fiscalía rechazó el requerimiento y el juez pidió notificación previa para permitirlo.

Nicolás Petro audiencia 25
Por Agencia Periodismo Investigativo | Mié, 11/06/2025 - 11:43 Créditos: Captura de pantalla audiencia - Fiscalía

La audiencia preparatoria de juicio contra Nicolás Petro, hijo del presidente Gustavo Petro, se reanudó este miércoles 11 de junio con una solicitud por parte de su defensa: que el procesado pueda conectarse virtualmente a las diligencias judiciales. Según su abogado, Alejandro Carranza, la petición obedece a la situación actual de seguridad en el país.

“Conocemos todos la situación de seguridad por la que cruza el país y ese principio de prevención debe reinar para todos”, argumentó el abogado Carranza al solicitar al juez autorización para que su defendido participe de manera remota. Tanto la Fiscalía como la defensa acudieron presencialmente a la audiencia, pero la defensa insistió en que el riesgo actual justifica la medida.

La solicitud fue rechazada por la fiscal Lucy Laborde, quien recordó que el juez había solicitado la presencia física de todos los intervinientes para garantizar el desarrollo de las audiencias sin complicaciones técnicas. “No es del todo cierto que el señor Nicolás Petro pueda, a su libre albedrío o el de su defensa, dejar de asistir”, expresó.

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Nicolás Petro respondió visiblemente molesto y señaló un trato desigual por parte de la Fiscalía. “Me sorprende el doble rasero que aplica conmigo, pero en otro caso, como el de la señora Daisury del Carmen Vázquez Castro, que ni siquiera asiste a la audiencia, no dice nada”, comentó durante su intervención.

El juez Hugo Carbonó aclaró que, si bien Nicolás Petro no tiene una medida privativa de la libertad, está obligado a comparecer ante las autoridades cuando sea requerido. No obstante, añadió que no ve inconvenientes en una participación virtual siempre que esta sea comunicada previamente al juzgado.

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