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JEP absuelve a comerciante que pasó 12 años en prisión tras condena por extorsiones de las Farc

La Jurisdicción Especial para la Paz dejó sin efectos la condena contra Javier de Jesús Cadavid Palacio, propietario de una distribuidora en Puerto Venus, Nariño, Antioquia.

JEP COLOMBIA
Por Agencia Periodismo Investigativo | Sáb, 19/09/2026 - 14:48 Créditos: X @JEP_Colombia / Jurisdicción Especial para la Paz (JEP)

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) absolvió a Javier de Jesús Cadavid Palacio, un comerciante de Puerto Venus, corregimiento de Nariño, Antioquia, que había sido condenado en 2009 por los delitos de extorsión agravada y enriquecimiento ilícito de particulares.

Cadavid pasó aproximadamente 12 años y medio privado de la libertad por una condena relacionada con una cuenta bancaria que, según la investigación de la época, habría sido utilizada para recibir recursos provenientes de extorsiones atribuidas al Frente 47 de las extintas Farc-EP.

La decisión fue adoptada el 16 de septiembre de 2026 por la Subsección Quinta de la Sección de Revisión del Tribunal para la Paz. En ella, la JEP determinó que las actuaciones de Cadavid no tuvieron relevancia penal y dejó sin efectos la condena.

El caso se originó en las actividades comerciales de Cadavid como propietario de la Distribuidora Venus, ubicada en Puerto Venus, una zona del Oriente antioqueño que fue afectada por el conflicto armado.

Debido a las dificultades para transportar dinero en efectivo en esa región, el comerciante había creado un mecanismo informal de remesas. Los habitantes podían realizar consignaciones a una cuenta asociada con HyR Distribuciones y, posteriormente, Cadavid entregaba el dinero en efectivo a familiares de quienes enviaban los recursos.

Según la investigación que llevó a su condena, alias ‘Rojas’, integrante del Frente 47 de las Farc-EP, habría utilizado ese mecanismo para recibir recursos derivados de extorsiones y posteriormente enviar a terceros a reclamar el dinero.

La condena de 2009 relacionó el sistema con cerca de $64 millones correspondientes a pagos denunciados por víctimas de extorsiones en Aguadas y Pácora.

Sin embargo, durante la revisión del caso, la JEP escuchó a antiguos integrantes de las Farc-EP, revisó informes y realizó una nueva valoración del material probatorio.

La jurisdicción concluyó que Cadavid no perteneció ni colaboró con las Farc-EP y que no tenía conocimiento del supuesto uso ilícito de su sistema de remesas.

Testimonios de exintegrantes de las Farc

Uno de los elementos considerados por la JEP fueron los testimonios de antiguos integrantes del Frente 47, quienes negaron que Cadavid hubiera tenido vínculos con esa estructura.

De acuerdo con lo expuesto por su abogada, Ana María Gallego, fueron revisados los testimonios de Jesús Mario Arenas Rojas, alias ‘Marcos’; Hernán Gutiérrez Villada, alias ‘Kadafi’, quien fue comandante del Frente 47, y Rubén Darío Ortiz Giraldo, alias ‘Moncholo’, integrante de la dirección de ese frente.

Según la defensa, los tres coincidieron en negar cualquier relación entre el comerciante y las Farc-EP.

La abogada también señaló que los testimonios describieron a Cadavid como una persona que había sido afectada por acciones de esa organización armada. Entre los hechos mencionados están el desplazamiento, el hurto de mercancías, saqueos y un intento de secuestro contra uno de sus hijos.

De acuerdo con el relato presentado por Gallego, una de las propiedades comerciales del empresario fue saqueada durante la toma de Arboleda.

 Una condena revisada años después

La decisión de la JEP implica la absolución completa de Cadavid y deja sin efectos la condena que había sido impuesta en 2009.

La revisión se produjo después de que la jurisdicción analizara nuevamente la responsabilidad del comerciante a partir de testimonios de exintegrantes de las Farc-EP y otros elementos incorporados al proceso.

La JEP concluyó que el hecho de que la cuenta utilizada en el sistema de remesas hubiera recibido recursos provenientes de actividades ilícitas no permitía establecer responsabilidad penal de Cadavid, al no encontrarse acreditado que conociera el origen de esos recursos ni que hubiera colaborado con la organización armada.

Tras más de una década privado de la libertad, el comerciante busca ahora recuperar su buen nombre.

La sentencia del 16 de septiembre de 2026 es de primera instancia y puede ser apelada por las víctimas de las extorsiones, por lo que la decisión todavía puede ser objeto de revisión dentro de la jurisdicción.

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