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Juez anula el llamado a juicio del exdirector de la ANI, Luis Fernando Andrade, por caso Ruta del Sol 3.

Por Tania M Quiroga Páez. | Mié, 04/11/2020 - 17:32

Un juez acaba de declarar la nulidad de la acusación en contra del ex director de la ANI Luis Fernando Andrade por el caso de la Ruta del Sol, Sector III.

ANI

 

Fue concedida la solicitud de nulidad planteada por la defensa de Luis Fernando Andrade moreno, procesado por los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales, interés indebido en la celebración de contratos y peculado por apropiación.

 

El juez penal de conocimiento de Bogotá anuló el escrito de acusación con el que la Fiscalía llamó a juicio a Luis Fernando Andrade, expresidente de la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI). El exfuncionario está involucrado en posibles irregularidades en la firma del otrosí para la Ruta del Sol 3.

El ente investigador asegura que Andrade se apropió en favor de terceros de 800 millones de pesos, acusación que el exfuncionario niega rotundamente. Por ahora, la fiscal que lleva el caso deberá presentar una nueva solicitud.

En cuanto a los hechos, el juzgado señaló, "de acuerdo con la acusación, el 30 de diciembre de 2013, Luis Fernando Andrade moreno, en calidad de presidente de la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) en ejercicio de sus funciones "tramitó" el otrosí n° 1 del contrato 007 de 2010, "omitiendo" la autorización previa contemplada en el artículo 34 de la ley 1593 de 2012 y "trasgrediendo" los principios contractuales de economía, al no acatar las formalidades legales, al no cumplir los fines de la contratación pública, "planificación y programación integral del presupuesto", a la par que comprometió vigencias futuras sin estar autorizado".

De la misma forma se indicó que "el 21 de noviembre de 2014 y 15 de julio de 2015, Andrade Moreno se interesó indebidamente en el trámite de los otrosíes 2 y 5 del contrato de concesión 007 de 2010". 

El Juzgado Treinta y Seis Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá, resolvió decretar la nulidad en cuanto a la formulación de imputación de cargos, "en particular efectuar la 'relación clara y sucinta de los hechos jurídicamente relevantes, en un lenguaje comprensible, lo cual no implicará el descubrimiento de los elementos materiales probatorios, evidencia fisica ni de la información en poder de la Fiscalía'".

 

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