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Gobierno elimina límite de 30% a inversiones de fondos de pensiones en el exterior
El Gobierno busca ampliar la diversificación y mejorar la gestión del ahorro pensional.
El Gobierno eliminó el límite global del 30% que se había establecido para las inversiones de los fondos de pensiones obligatorias en activos del exterior, al considerar que esta restricción podía afectar la relación entre riesgo y rentabilidad de los portafolios administrados por las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).
La decisión quedó establecida en el Decreto 1490 del 6 de octubre de 2026, mediante el cual se modificó el Decreto 2555 de 2010.
El ministro de Hacienda, Miguel Gómez, informó sobre la derogación del límite del 30% y aseguró que la medida busca proteger los recursos de los trabajadores colombianos. “Lo hacemos primero para proteger el ahorro de los colombianos, esos recursos no son de las administradoras, son de los trabajadores y de allí saldrán sus pensiones”, afirmó.
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El tope había sido creado este mismo año mediante el Decreto 369 de 2026, que adicionó al Decreto 2555 tres artículos relacionados con las inversiones en activos del exterior de los fondos de pensiones obligatorias. Esa norma también estableció un período de transición para implementar gradualmente el límite y exigió a las AFP presentar ante la Superintendencia Financiera un plan de ajuste dentro de los seis meses siguientes a su entrada en vigencia.
Sin embargo, la Superintendencia Financiera informó a la Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera que, al 7 de septiembre de 2026, ninguna de las AFP había presentado dicho plan de ajuste.
Con el nuevo decreto, el Gobierno argumentó que mantener el límite podía afectar la composición de los portafolios de inversión. Según el documento, los análisis realizados mostraron que el tope del 30% afectaba la relación entre riesgo y retorno, al aumentar el riesgo y disminuir el rendimiento esperado de los portafolios.
Además, el Gobierno señaló que la restricción reducía las posibilidades de inversión y limitaba la capacidad de las AFP para optimizar la administración de los recursos de sus afiliados.
El decreto establece que la administración de los recursos pensionales debe realizarse bajo criterios de rentabilidad, liquidez y seguridad. Frente a este último principio, plantea que la gestión debe orientarse a minimizar los riesgos mediante la aplicación de prácticas prudenciales y la diversificación de los portafolios.
La eliminación del límite también generó una reacción por parte de Asofondos, gremio que reúne a las administradoras de fondos de pensiones. Su presidente, Andrés Velasco, destacó la derogación de la restricción que limitaba la exposición de estos fondos a inversiones en el extranjero y señaló que el cambio amplía las posibilidades de diversificación de los portafolios.
Según Velasco, contar con un mayor margen para distribuir las inversiones permite gestionar los riesgos y buscar nuevas oportunidades de rentabilidad para los recursos de los trabajadores colombianos.
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