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Gobierno de Abelardo de la Espriella deroga 15 distritos mineros creados por administración Petro

Cubrían 5,3 millones de hectáreas en 11 departamentos

Gobierno de Abelardo de la Espriella deroga 15 distritos mineros creados por administración Petro
Por Agencia Periodismo Investigativo | Dom, 25/10/2026 - 20:13 Créditos: Mineros y equipos de rescate trabajando en el interior de un túnel Foto: Redes sociales

El Gobierno del presidente Abelardo de la Espriella derogó las 15 resoluciones que establecieron los Distritos Mineros Especiales para la Diversificación Productiva durante la administración de Gustavo Petro, con lo cual levantó las delimitaciones que comprendían 5.340.192 hectáreas en 11 departamentos y el litoral Pacífico. La decisión fue adoptada mediante la Resolución 40579 del 22 de octubre de 2026, expedida por el Ministerio de Minas y Energía y anunciada oficialmente el 24 de octubre.

La medida comprende áreas ubicadas en Antioquia, Boyacá, Cauca, Cesar, Chocó, Córdoba, Huila, La Guajira, Nariño, Norte de Santander y Valle del Cauca, además del litoral Pacífico. En conjunto, estas delimitaciones representaban aproximadamente el 5 % del territorio colombiano y estaban vinculadas a una estrategia de transformación económica en regiones con actividades de extracción de minerales.

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De los 15 distritos establecidos, 14 fueron delimitados durante 2026 y uno en 2024. Estas figuras surgieron en desarrollo de la política minera del anterior Gobierno, que contemplaba mecanismos de diversificación productiva, reconversión laboral y articulación institucional en territorios donde la minería constituye una de las principales actividades económicas.

Con la derogatoria, el Ministerio de Minas y Energía elimina las delimitaciones administrativas asociadas a los distritos y mantiene la vigencia de los títulos mineros legalmente otorgados, así como las solicitudes de concesión que se encuentran en trámite. Estos procedimientos continuarán sujetos a las disposiciones del Código de Minas, contenido en la Ley 685 de 2001.

La resolución establece, además, que la Agencia Nacional de Minería (ANM) deberá adoptar, dentro de los 30 días siguientes a la entrada en vigencia del acto administrativo, las medidas necesarias para actualizar el Catastro Minero Colombiano y los demás sistemas oficiales de información y cartografía, con el propósito de retirar las restricciones relacionadas con las delimitaciones derogadas.

El Ministerio de Minas y Energía explicó que la decisión se fundamentó en una evaluación de los resultados de la estrategia. Según la entidad, transcurridos más de dos años desde la primera delimitación, no se habían acreditado resultados verificables en diversificación productiva, reconversión laboral, industrialización ni mejoramiento de las condiciones de vida de las comunidades comprendidas en estas áreas.

La cartera también señaló que los planes estratégicos de gestión previstos para desarrollar los objetivos de los distritos no llegaron a terminarse ni a adoptarse, pese a que constituían uno de los instrumentos para coordinar las acciones institucionales y productivas en los territorios.

Otro de los argumentos presentados por el Gobierno fue que las disposiciones anteriores contemplaban la sustitución progresiva de determinadas actividades mineras sin acreditar previamente alternativas económicas viables, financiables y capaces de sostener el empleo y los ingresos de las comunidades vinculadas a la extracción de minerales.

De acuerdo con el Ministerio, las delimitaciones tampoco establecían plazos definidos de vigencia, extensiones máximas ni reglas de transición para los proyectos existentes. Algunas disposiciones permitían ampliar los polígonos hacia municipios vecinos, circunstancia que, según la entidad, generaba incertidumbre entre titulares mineros, inversionistas y solicitantes de concesiones.

A estas consideraciones se sumó la falta de articulación de las resoluciones con los planes de ordenamiento territorial y con las autoridades departamentales y municipales. El Ministerio sostuvo que las delimitaciones se adoptaron sin una concertación suficiente con gobernaciones y alcaldías, lo que ocasionó superposiciones entre instrumentos administrativos y dificultades para determinar las disposiciones aplicables en determinadas zonas.

La ministra de Minas y Energía, María Nohemi Arboleda Arango, manifestó que la derogatoria forma parte de las decisiones del Ejecutivo para incorporar la minería a su estrategia de reactivación económica y respaldar las actividades extractivas desarrolladas dentro de la legalidad.

“Para el Gobierno Nacional la minería es fundamental en la agenda de reactivación económica”, afirmó la funcionaria en el comunicado oficial divulgado por el Ministerio.

Arboleda señaló que Colombia dispone de recursos minerales que pueden contribuir al abastecimiento de materias primas y a los procesos de transición energética. También explicó que la administración nacional pretende fortalecer los mecanismos de formalización minera, la asistencia técnica y las acciones contra la extracción ilícita.

La ministra cuestionó el enfoque de los distritos establecidos durante la administración anterior, al considerar que la sustitución de actividades económicas debía estar acompañada de opciones productivas concretas para las familias que dependen de la minería.

“Diversificar es sumar, no restar”, expresó la funcionaria al explicar la orientación de la política que desarrollará el Gobierno en las regiones mineras.

La derogatoria también conserva los derechos adquiridos, los actos administrativos en firme, las decisiones judiciales y los acuerdos válidamente celebrados durante la vigencia de las disposiciones anteriores.

En particular, el Ministerio confirmó que se mantienen los compromisos derivados de los procesos de participación y consulta previa desarrollados en el Bajo Cauca antioqueño y en el norte del Cauca, siempre que tengan fundamento jurídico propio.

Los acuerdos protocolizados con comunidades en estas regiones conservarán sus efectos jurídicos conforme a las normas que regulan la participación y los derechos de los pueblos étnicos.

La figura de los Distritos Mineros Especiales para la Diversificación Productiva había sido incorporada al ordenamiento jurídico mediante el artículo 231 de la Ley 2294 de 2023, correspondiente al Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026, y reglamentada mediante el Decreto 977 de 2024.

Su propósito era establecer espacios de coordinación institucional para promover la diversificación de las economías regionales, impulsar actividades productivas complementarias y desarrollar mecanismos de reconversión laboral en zonas con tradición minera.

La estrategia contemplaba la participación de entidades nacionales y territoriales en la formulación de planes dirigidos a transformar progresivamente las actividades económicas de los municipios comprendidos en los distritos.

La decisión adoptada por el Gobierno de De la Espriella modifica la aplicación territorial de esa política al dejar sin efecto las 15 resoluciones de delimitación y retirar las restricciones administrativas asociadas a ellas.

Entre los departamentos comprendidos en las disposiciones derogadas se encontraba Nariño, con tres distritos, y Norte de Santander, con dos. Los restantes correspondían a Antioquia, Boyacá, Cauca, Cesar, Chocó, Córdoba, Huila, La Guajira, Valle del Cauca y el litoral Pacífico.

La administración nacional también anunció que buscará ampliar las actividades de exploración y conocimiento geológico, especialmente en zonas con potencial de minerales estratégicos, cuya demanda está relacionada con procesos industriales y tecnológicos.

Según el Ministerio, la eliminación de las delimitaciones permitirá desarrollar nuevas iniciativas de exploración bajo las normas vigentes y fortalecer la actividad de las empresas y los productores mineros legalmente establecidos.

El Ejecutivo vinculó esta decisión con su política de generación de regalías, recursos provenientes de la explotación de recursos naturales no renovables que se distribuyen mediante el Sistema General de Regalías y financian proyectos de inversión pública en los territorios.

La cartera de Minas y Energía indicó que la continuidad y el desarrollo de proyectos mineros legales forman parte de su estrategia para aumentar la actividad productiva, impulsar el empleo y contribuir a la generación de recursos para los municipios y departamentos productores.

En materia de formalización, el Gobierno anunció que mantendrá los programas de acompañamiento a pequeños y medianos mineros, así como las acciones institucionales dirigidas a combatir la extracción ilícita de minerales.

La administración nacional también incorporará el desarrollo de las regiones con vocación minera a la formulación del Plan Nacional de Desarrollo 2026-2030, mediante una agenda que contempla la articulación de la minería legal con otras actividades económicas, entre ellas la agricultura, el turismo, el comercio y la industria.

La Resolución 40579 de 2026 constituye así el acto administrativo mediante el cual el Ministerio de Minas y Energía deja sin efecto las delimitaciones de los 15 Distritos Mineros Especiales y dispone la actualización de los registros oficiales correspondientes a las más de 5,3 millones de hectáreas comprendidas en la medida.

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