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Más de 126.000 contribuyentes se ponen al día con la Dian, pero aún hay deudas por $30,8 billones

El plazo para acceder a beneficios tributarios vence este 30 de abril.

dian edificio
Por Agencia Periodismo Investigativo | Mié, 29/04/2026 - 20:33 Créditos: Dian

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) informó que más de 126.000 contribuyentes morosos han normalizado su situación tributaria tras acogerse a los beneficios del Decreto 0240 de 2026, logrando recaudar $1,4 billones correspondientes a 215.897 obligaciones.

A pesar de este avance, la entidad advirtió que aún existen 382.599 contribuyentes con deudas pendientes que suman $30,8 billones, lo que mantiene el llamado urgente a aprovechar las medidas vigentes.

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Las mayores concentraciones de morosos se registran en Bogotá con 142.107 casos, seguida de Medellín (53.011), Cali (22.266) y Barranquilla (20.186). También figuran Bucaramanga (17.007), Cúcuta (14.385), Cartagena (12.602), Villavicencio (11.382), Santa Marta (9.456) y Valledupar (8.180).

“Es importante reiterar el llamado a quienes aún no han aprovechado esta oportunidad especial de pago, teniendo en cuenta que el plazo para acceder a los beneficios vence el jueves 30 de abril”, señaló la entidad.

Entre los principales alivios para obligaciones pendientes al 31 de diciembre de 2025 se encuentra la reducción de la tasa de interés de mora al 4,5% y el pago de solo el 15% del valor total de las sanciones, lo que representa una disminución del 85%.

Asimismo, quienes no han presentado sus declaraciones o necesitan corregirlas también pueden acceder a estas condiciones, pagando únicamente el 15% de la sanción y sin intereses de mora.

La Dian precisó que los mayores beneficiarios de estas medidas son contribuyentes con deudas por conceptos como retención en la fuente, IVA e impuesto al consumo, obligaciones que pueden tener implicaciones penales si no se atienden oportunamente.

Para acogerse a los alivios, los interesados pueden acudir a las sedes de la Dian o realizar el proceso en línea a través de su página web, donde es posible liquidar la obligación, diligenciar el recibo de pago N.º 066 (formulario 490) y efectuar el pago mediante PSE o en entidades bancarias autorizadas.

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