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Fenalco insiste ante el Consejo de Estado en anular decreto que fijó el salario mínimo de 2026
El gremio cuestiona que el aumento del 23% se apartara de los criterios establecidos por la ley.
La Federación Nacional de Comerciantes Empresarios (Fenalco) reiteró ante el Consejo de Estado su solicitud de nulidad del Decreto 1469 de 2025, mediante el cual el Gobierno anterior estableció un incremento del 23% en el salario mínimo para 2026. El gremio presentó sus alegatos de conclusión y sostuvo que la decisión desconoció los parámetros legales que deben tenerse en cuenta para determinar la remuneración mínima de los trabajadores.
Según Fenalco, el decreto no habría aplicado de manera adecuada los criterios obligatorios establecidos en la Ley 278 de 1996 y el Código Sustantivo del Trabajo. Entre estos factores se encuentran la inflación, la productividad, el crecimiento económico, la participación de los salarios en el ingreso nacional y la capacidad económica de las empresas.
El presidente de Fenalco, Jaime Alberto Cabal Sanclemente, aseguró que el Gobierno anterior no podía sustituir los criterios fijados por el legislador por otros elementos que no tienen carácter vinculante. “El Gobierno anterior no podía apartarse de los criterios establecidos por el legislador. La fijación del salario mínimo está sujeta a reglas que deben cumplirse. Su desconocimiento constituye una razón suficiente para que el Consejo de Estado anule el decreto”, afirmó.
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Uno de los principales cuestionamientos del gremio está relacionado con el concepto denominado “salario vital”, que habría tenido un peso determinante en la definición del incremento. Fenalco sostiene que esta estimación fue incluida en un estudio atribuido a funcionarios o colaboradores de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), pero que no tiene carácter normativo vinculante.
De acuerdo con la Federación, la estimación del llamado salario vital correspondía al 22,7%, una cifra que prácticamente coincidió con el incremento del 23% establecido finalmente por el Gobierno para 2026. Por ello, el gremio considera que este elemento terminó teniendo una incidencia que no estaría respaldada por los criterios establecidos legalmente para la fijación del salario mínimo.
Además, Fenalco cuestionó la motivación expuesta en el Decreto 1469 de 2025. En particular, considera que la decisión no explica de manera suficiente cómo fueron valorados y ponderados los diferentes factores que, de acuerdo con la legislación, deben ser considerados al momento de determinar el aumento del salario mínimo.
No obstante, el gremio aclaró que su pretensión no busca afectar los derechos de los trabajadores ni exigir la devolución de los salarios que ya fueron pagados durante 2026. Cabal Sanclemente insistió en que el objetivo de la demanda es restablecer la legalidad en el proceso de fijación del salario mínimo.
“Solicitamos el restablecimiento de la legalidad, con plena protección de los trabajadores. La nulidad no implica devolver salarios ni desconocer derechos adquiridos. Existe un precedente del propio Consejo de Estado que permite preservar las situaciones jurídicas consolidadas”, señaló el presidente Cabal.
En ese sentido, la Federación recordó que en 2017 el Consejo de Estado anuló un decreto relacionado con la fijación del salario mínimo debido a una insuficiente motivación, pero protegió los salarios que ya habían sido devengados por los trabajadores.
Con base en estos argumentos, la Federación reiteró ante el alto tribunal su solicitud para que sea declarado nulo el Decreto 1469 de 2025. El gremio sostiene que una eventual decisión en ese sentido permitiría precisar las reglas legales que deben seguirse en futuras fijaciones salariales, particularmente de cara al proceso correspondiente al salario mínimo de 2027.
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