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Corte reprendió al MinTrabajo por ignorar tutela de mujer despedida en lactancia
El Ministerio nunca respondió un proceso de tutela. La Corte lo llamó al orden.
La Sala Octava de Revisión de la Corte Constitucional hizo un llamado formal al ministerio de Trabajo tras constatar que la entidad guardó silencio durante todo el trámite de una tutela presentada por una mujer de 24 años que fue despedida de su empleo al terminar su licencia de maternidad, mientras se encontraba en período de lactancia.
Según la Corte, el Ministerio fue vinculado al expediente desde el inicio del proceso para que participara en el asunto en el marco de sus competencias, pero no emitió respuesta alguna en ninguna etapa del trámite.
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Para el Alto Tribunal, esta conducta desconoció el deber constitucional de colaboración para el buen funcionamiento de la administración de justicia, así como el carácter vinculante de las órdenes judiciales. Por ello, la Sala instó al Ministerio a cumplir de manera diligente, en adelante, todos los requerimientos judiciales que le sean realizados.
En cuanto al caso concreto, la Sala, integrada por la magistrada Natalia Ángel Cabo y los magistrados Carlos Camargo Assis y Héctor Alfonso Carvajal Londoño, protegió los derechos al mínimo vital, a la igualdad, a la no discriminación y a la estabilidad laboral reforzada de la accionante y de su hija.
La Corte recordó que su jurisprudencia ha construido de manera amplia estándares constitucionales para proteger a las mujeres con fuero de maternidad en el ámbito laboral, en razón de la especial protección que la Constitución otorga a la vida y a la familia como bienes jurídicos de máxima relevancia.
El tribunal subrayó que son las mujeres quienes soportan los mayores costos de la reproducción y la maternidad, y quienes con mayor frecuencia terminan siendo excluidas del mercado laboral. Por ello, la estabilidad laboral reforzada por fuero de maternidad tiene el carácter de derecho fundamental.
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