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"Conjuntos residenciales podrán publicar lista de morosos", Corte Constitucional

Por Manuel García Riaño | Jue, 25/07/2019 - 08:40

Información que se publique no debe contener datos privados de los residentes.

La Corte Constitucional anunció que los conjuntos residenciales y edificios están autorizados para publicar la lista de los morosos cuando se encuentren atrasados en el pago de la administración o incumplimiento de obligaciones no pecuniarias. 

Así lo estableció la Corte Constitucional al estudiar el artículo 30 de la ley 6575 de 2001 sobre propiedad horizontal, sin embargo la presidente del Alto Tribunal, Gloria Stella Ortiz hizo una advertencia sobre la información sensible, privada o íntima.