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Ordenan suspender intervención de Savia Salud EPS y devolver su operación a accionistas
La decisión del Tribunal Administrativo de Antioquia deja sin efectos de forma provisional la intervención iniciada en 2023 y da un plazo de 10 días hábiles para el retorno administrativo de la entidad a sus dueños.
El Tribunal Administrativo de Antioquia ordenó suspender de manera provisional la intervención de la Savia Salud EPS y dispuso que su operación sea devuelta a los accionistas de la entidad, tras considerar que la medida adoptada por la Superintendencia Nacional de Salud no cumplió con todos los requisitos técnicos exigidos.
La providencia judicial establece que la devolución de la operación deberá realizarse en un plazo máximo de 10 días hábiles, incluyendo el empalme de la información administrativa y de los procesos en curso desde que se inició la intervención en 2023.
La decisión se adoptó luego de que el tribunal decretara la suspensión provisional de la resolución que ordenó la toma de posesión de bienes y la intervención forzosa de la EPS. Según el análisis del despacho, existen indicios de que la medida administrativa se aplicó sin una justificación técnica integral.
Para sustentar su decisión, el tribunal retomó los lineamientos fijados en la Sentencia SU-277 de 2025, que redefinió los criterios que deben cumplir las autoridades antes de intervenir una entidad de salud. Entre estos, se establece que no es suficiente demostrar deterioro financiero, sino que también se deben analizar las causas estructurales del problema.
En ese sentido, la corporación indicó que las autoridades deben determinar si las dificultades económicas de una EPS obedecen a fallas internas de su gestión o a factores externos del sistema, como la insuficiencia en el reconocimiento de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) o los retrasos en los llamados presupuestos máximos.
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En el caso específico de Savia Salud, el tribunal concluyó que la Superintendencia no realizó un análisis detallado sobre el impacto de la UPC en la estructura financiera de la entidad ni evaluó si la situación económica estaba relacionada con factores externos al manejo administrativo.
La providencia señala que esta omisión podría constituir una vulneración del debido proceso administrativo y del principio de legalidad. Por ello, aunque la decisión no define de manera definitiva la validez de la intervención, sí establece que existen suficientes indicios para suspenderla de forma temporal mientras se adelanta una revisión más profunda.
Como consecuencia de la decisión, la operación de la EPS deberá retornar a sus accionistas: la Alcaldía de Medellín, la Gobernación de Antioquia y la Comfama, quienes retomarán la administración de la entidad mientras se resuelve de fondo el proceso judicial.
La suspensión provisional marca un nuevo capítulo en el proceso legal alrededor de la intervención de Savia Salud y podría tener implicaciones para futuras decisiones sobre el manejo financiero y operativo de las entidades promotoras de salud en Colombia.
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