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Tras aumento del 300% en tarifas ordenan a operadores en puerto de Leticia suspender el negocio

El absurdo incremento tiene afectada toda la economía de la región.

SIC 21
Por Agencia Periodismo Investigativo | Mié, 08/11/2023 - 08:36 Créditos: Cinco Días

La Superintendente de Industria y Comercio, María del Socorro Pimienta Corbacho, ordenó a la Asociación de Propietarios de Embarcaciones Fluviales del Putumayo y Amazonas, Aproef y a los transportadores vinculados a esa agremiación suspender de manera inmediata las conductas, actos y prácticas que habrían incrementado en un 300 % el precio de las tarifas del transporte fluvial de carga entre el muelle La Esmeralda del municipio de Puerto Asís, Putumayo, y el de Victoria Regia, en Leticia, Amazonas.

La medida cautelar decretada por la SIC, como autoridad nacional de protección de la competencia, hace parte de una actuación contra Aproef y sus miembros por la fijación del precio de los fletes entre los dos puertos que integran la cuenca fluvial de la Amazonía, y la posible influencia a sus asociados para que desistan de rebajarlos.

La Superintendencia precisó que Aproef  y sus miembros habrían acordado de manera anticompetitiva el incremento sustancial de los precios por el servicio de transporte fluvial. 

Es importante tener en cuenta que, ante la imposibilidad de comunicación terrestre con Leticia, una de las dos formas de transportar productos a la capital del departamento de Amazonas es por vía fluvial desde el muelle de La Esmeralda. 

Este transporte se emplea cuando se trata de carga sobredimensionada, el valor del flete aéreo es muy alto, o no existe suficiente capacidad de carga aérea para el transporte de productos, por lo que el acuerdo de precios podría incrementar sustancialmente los precios de productos básicos para los habitantes del departamento.

De esa manera, “desbordó los límites del derecho de asociación, debido a que lejos de buscar la satisfacción de un interés u objetivo común, pasó a intervenir un aspecto clave de la dinámica de competencia, como lo es el precio que se paga por un servicio, incluso en función de una de las variables fundamentales para su determinación, esto es, su demanda en el mercado”.

Para la Superintendencia cuando un determinado agente del mercado infringe la libre competencia viola un derecho de todos, tanto de los ciudadanos como de las empresas que concurren o llegaren a concurrir a ese mercado, en cualquier eslabón de la cadena.

“En conclusión, los diferentes elementos probatorios que fueron allegados con la queja permiten a este Despacho acreditar, con la suficiencia requerida para decretar una medida cautelar, la probable comisión de diferentes conductas anticompetitivas desplegadas por Aproef y sus asociados, encaminadas a fijar de manera artificial el precio del transporte fluvial de carga entre Puerto Asís y Leticia.

Además, se resalta que, dada las particularidades del caso analizado, no solo se encuentran conductas reprochables por su potencialidad de desconocer la libre competencia, sino además conductas cuya materialización estaría generando efectos negativos en el mercado afectado”.

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