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Juez ordena suspender bombardeos en Arauca hasta que se proteja a menores reclutados
El fallo exige ajustar los protocolos aéreos de la Fuerza Aeroespacial en un plazo máximo de dos meses.
El juez segundo Administrativo Oral del Circuito de Arauca ordenó suspender temporalmente los bombardeos contra estructuras o grupos armados organizados en ese departamento, mientras las autoridades ajustan los protocolos de las operaciones aéreas para incluir medidas específicas de protección de niños, niñas y adolescentes.
La decisión fue adoptada al resolver una acción de tutela presentada por el personero de Puerto Rondón contra la Fuerza Aeroespacial Colombiana, la Presidencia de la República, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), la Defensoría del Pueblo y la Procuraduría General de la Nación. Al proceso también fue vinculado el Ministerio de Defensa.
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El accionante pidió que se implementara un protocolo de bombardeos con criterios para verificar la posible presencia de menores de edad, evaluar el impacto sobre la población civil y los bienes protegidos, y aplicar los principios de necesidad militar, distinción, precaución y proporcionalidad.
Aunque la Fuerza Aeroespacial Colombiana informó que cuenta con procedimientos para planear operaciones de ataque estratégico, interdicción aire-tierra y apoyo aéreo cercano, el juez concluyó en su decisión que esos lineamientos no prevén una validación concreta sobre la presencia de menores dentro de los grupos armados que serán objetivo de una operación. En el fallo, el despacho señaló que ninguna de las verificaciones existentes está encaminada a comprobar la presencia efectiva de menores cuando estos son integrantes de las organizaciones criminales atacadas.
El juez sostuvo que esa omisión representa un riesgo para los derechos a la vida e integridad de los menores de edad. También enfatizó que los menores que integran esos grupos armados, sin importar si dieron su consentimiento para vincularse a ellos, deben ser considerados víctimas del conflicto armado y, por lo tanto, sujetos protegidos por el Derecho Internacional Humanitario (DIH).
Por esa razón, el despacho ordenó al presidente de la República, al ministro de Defensa y al comandante de la Fuerza Aeroespacial revisar y modificar, en un plazo máximo de dos meses, el procedimiento de planeación de las operaciones aéreas. La orden exige que se agoten las medidas de inteligencia y operativas posibles para identificar la presencia de niños, niñas y adolescentes dentro de los grupos armados que sean objetivo militar.
Además, una vez realizados los ajustes, las autoridades deberán divulgar el nuevo protocolo entre las unidades tácticas que operan en Arauca y capacitar al personal en Derecho Internacional Humanitario, con énfasis en el interés superior de los menores reclutados.
Mientras se cumple este proceso, la Fuerza Aeroespacial deberá mantener suspendidos los bombardeos contra estructuras armadas organizadas en el departamento. La Procuraduría, la Defensoría del Pueblo y el ICBF quedaron encargados de acompañar y verificar el cumplimiento de las órdenes impartidas por el juez.
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