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Condenan a dos militares por abandonar su puesto tras consumir alcohol en base del Ejército en Chocó
Tribunal confirma condena contra suboficiales que dejaron su puesto en medio de alerta en Quibdó.
El Tribunal Superior Militar y Policial confirmó las sentencias condenatorias contra dos suboficiales del Ejército Nacional que abandonaron sus funciones en una instalación militar ubicada en Quibdó, Chocó, en momentos en que la unidad se encontraba bajo acuartelamiento de primer grado debido a una amenaza de acciones armadas.
La decisión se produjo tras negar los recursos de apelación interpuestos por las defensas de los uniformados, con lo cual quedaron en firme las condenas impuestas en primera instancia por la justicia penal militar.
De acuerdo con lo establecido en los procesos, los hechos ocurrieron en abril de 2025 en la Brigada 15 del Ejército, una unidad estratégica en una región con presencia de grupos armados organizados.
En ese momento, la instalación se encontraba bajo acuartelamiento de primer grado, una medida excepcional que implica máxima disponibilidad del personal militar ante posibles ataques o alteraciones del orden público.
Pese a este contexto, el sargento viceprimero Wilson Sánchez Guerra, quien tenía asignadas funciones en el Centro de Operaciones de la Unidad Táctica, se ausentó de su puesto tras ingerir bebidas alcohólicas. Por esta conducta fue condenado a 15 meses de prisión.
En un segundo caso, el sargento viceprimero Luis Guillermo Cuello, designado como comandante de guardia del cantón militar, también consumió alcohol durante el servicio, lo que le impidió asumir sus responsabilidades.
Por estos hechos, el Juzgado 1318 Penal Militar y Policial de Conocimiento le impuso una pena de 16 meses de prisión.
Las investigaciones fueron adelantadas por la Fiscalía 2466 Penal Militar y Policial de Quibdó, que documentó que las conductas de los uniformados se produjeron en un momento de especial vulnerabilidad para la unidad.
Según lo acreditado en los procesos, la omisión en el cumplimiento del servicio y el abandono del puesto comprometieron la seguridad de la instalación militar, en una zona donde operan estructuras armadas ilegales.
Este tipo de comportamientos, de acuerdo con la jurisprudencia militar, constituyen una infracción grave al deber funcional de los miembros de la Fuerza Pública, especialmente cuando se presentan en escenarios de alerta operacional.
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El Tribunal Superior Militar y Policial, al revisar los recursos de apelación, concluyó que existían pruebas suficientes para ratificar la responsabilidad penal de los dos suboficiales y mantener las penas impuestas.
La decisión se enmarca en una línea jurisprudencial que ha reiterado la gravedad del abandono del servicio por parte de integrantes de la Fuerza Pública.
En otros casos similares, la justicia penal militar ha confirmado sanciones contra uniformados que, bajo efectos del alcohol o por decisión propia, han dejado sus funciones asignadas, poniendo en riesgo la seguridad institucional.
Asimismo, decisiones de instancias superiores han señalado que estas conductas vulneran principios esenciales como la disciplina, la obediencia y la disponibilidad permanente del personal en servicio activo, especialmente en contextos de operaciones militares o de seguridad.
El abandono del puesto y el incumplimiento de funciones durante el servicio están tipificados como delitos dentro del régimen penal militar colombiano, debido a su impacto directo en la operatividad de las unidades y la seguridad nacional.
Las autoridades han insistido en que este tipo de fallos buscan preservar la disciplina dentro de las Fuerzas Militares y enviar un mensaje sobre la responsabilidad que recae en quienes tienen a su cargo funciones de vigilancia y defensa.
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