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Suspenden provisionalmente resolución que aprobó mesa de diálogo con la Segunda Marquetalia
El Consejo de Estado adoptó la medida cautelar al considerar, de manera preliminar, que podría contradecir lo establecido por la ley.
El Consejo de Estado decretó la suspensión provisional de los efectos jurídicos de la Resolución 064 del 28 de febrero de 2024, a través de la cual el Gobierno Nacional autorizó la instalación de la mesa de diálogos de paz con la autodenominada Segunda Marquetalia.
Según el auto, el despacho analizó la solicitud presentada por la parte demandante y concluyó, de manera preliminar, que existían elementos suficientes para estudiar la posible vulneración de la Ley 2272 de 2022.
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Esta, conocida como la ley política de paz total, contempla negociaciones con grupos armados organizados al margen de la ley (GAOML), orientadas a lograr acuerdos de paz y acercamientos o conversaciones con estructuras armadas organizadas de crimen de alto impacto (EAOCAI), cuyo propósito no es negociar políticamente sino lograr su sometimiento a la justicia y el desmantelamiento de esas organizaciones.
Asimismo, establece que los exintegrantes de grupos armados que se desmovilizaron mediante acuerdos con el Estado y posteriormente retomaron las armas se entienden como parte de una estructura armada organizada de crimen de alto impacto.
Con el análisis e interpretación de los documentos incorporados al expediente, el despacho concluyó que la Segunda Marquetalia corresponde a esa categoría y no a un grupo armado organizado al margen de la ley, y que por lo tanto, el Gobierno sí puede mantener contactos con esa organización, pero únicamente con el objetivo de obtener su sometimiento a la justicia y su desmantelamiento, no para desarrollar una negociación política de paz.
De igual manera, señala que, de admitir una mesa de diálogos de paz con exintegrantes de un grupo armado que se desmovilizó mediante un acuerdo con el Estado podría desconocer las disposiciones de la Ley 2272 de 2022 y las garantías de no repetición establecidas en la Constitución.
Sin embargo, esta suspensión provisional es una medida cautelar y no constituye una decisión definitiva sobre el fondo del proceso.
Ahora, el Consejo de Estado continuará con el estudio de la demanda de nulidad para definir, mediante sentencia, si la Resolución 064 de 2024 se ajusta o no al ordenamiento jurídico. Mientras tanto, los efectos del acto administrativo permanecerán suspendidos de manera provisional.
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