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Justicia admite tutela contra Gustavo Petro por polémicas declaraciones sobre Jesucristo
El recurso, interpuesto por el senador Wilson Ruiz, señala que el mandatario vulneró la libertad religiosa y la laicidad del Estado al opinar sobre el dogma cristiano.
Un juez de la República admitió oficialmente para estudio una acción de tutela presentada contra el presidente Gustavo Petro, tras sus recientes afirmaciones sobre la vida personal de Jesucristo. El recurso judicial, radicado por el senador y exministro Wilson Ruiz Orejuela, sostiene que el jefe de Estado vulneró derechos fundamentales como la libertad de conciencia, la dignidad humana y el principio de laicidad del Estado, al emitir juicios de valor de carácter teológico durante un evento institucional.
La controversia se originó el pasado 27 de enero, en el marco de un acto público celebrado en el Hospital San Juan de Dios, en Bogotá. En dicho escenario, el mandatario expresó: "yo creo que Jesús hizo el amor, sí. A lo mejor con María Magdalena, porque un hombre así, sin amor, no podía existir". Estas palabras generaron una reacción inmediata de diversos sectores religiosos que consideraron las expresiones como una intromisión indebida en el dogma y la fe cristiana.
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En el auto admisorio, el despacho judicial argumentó que las manifestaciones de Petro no fueron realizadas en calidad de ciudadano particular, sino en su condición de presidente de la República. Esta investidura otorga un carácter institucional a sus pronunciamientos, lo que obliga al mandatario a mantener una neutralidad religiosa estricta. Según el juez, referirse a aspectos centrales del dogma cristiano desde el poder ejecutivo afecta la sensibilidad de millones de ciudadanos que profesan dicha fe.
El fallo preliminar advierte que, al reinterpretar públicamente creencias religiosas sin respaldo histórico o doctrinal reconocido, el jefe de Estado pudo haber afectado la libertad de conciencia de los creyentes. La justicia recordó que el Estado colombiano es laico, lo que impone al mandatario el deber constitucional de respetar todas las confesiones y abstenerse de emitir interpretaciones doctrinales que no corresponden a sus funciones gubernamentales.
Como parte del proceso, se le ha otorgado al presidente Petro un plazo de 24 horas para ejercer su derecho a la defensa. En este término, el Ejecutivo podrá remitir al estrado judicial las pruebas y argumentos que considere pertinentes para justificar sus declaraciones o aclarar el contexto de las mismas. La defensa de la Presidencia deberá explicar si estas palabras se enmarcan dentro de la libertad de expresión o si, efectivamente, transgredieron los límites de la laicidad.
La tutela solicita, además, que el mandatario realice un acto público de reparación simbólica. En dicho evento, el presidente deberá precisar que sus manifestaciones no representan la posición oficial del Estado colombiano y reafirmar su respeto por la diversidad religiosa y el orden constitucional. Se busca con esto que, desde su investidura, el jefe de Estado se abstenga en el futuro de realizar interpretaciones teológicas que puedan interpretarse como una postura oficial.
El proceso entra ahora en una etapa de definición judicial que determinará si se ordena al presidente una retractación formal. Este caso sienta un precedente importante sobre los límites del discurso presidencial en un Estado pluralista y laico. Mientras se espera el fallo de fondo, la opinión pública permanece atenta a la respuesta de la Casa de Nariño ante este requerimiento que pone a prueba la relación entre la política y las libertades de culto en Colombia.
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