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Gobierno de De La Espriella deroga circulares laborales sobre trabajo doméstico, repartidores y reforma laboral
Ministerio del Trabajo elimina disposiciones de la administración anterior.
El Gobierno de Abelardo de La Espriella decidió dejar sin efecto un paquete de circulares y disposiciones expedidas durante la administración anterior y que, según el ministerio del Trabajo, presentan problemas de carácter legal o requieren ser revisadas. La decisión quedó contenida en la Resolución 2078 de 2026 y afecta asuntos relacionados con las inspecciones laborales, el trabajo doméstico, los repartidores de plataformas digitales, la aplicación de la reforma laboral, los sindicatos y la terminación de contratos.
Uno de los cambios que más llama la atención es la eliminación de la Circular 89, que establecía lineamientos para que los inspectores del ministerio del Trabajo pudieran realizar inspecciones en viviendas donde laboraran empleados domésticos. La norma contemplaba incluso la posibilidad de que los funcionarios ingresaran a una residencia, bajo determinadas circunstancias, cuando consideraran que existía un peligro inminente para la vida, la seguridad o la salud de la trabajadora. Con la nueva resolución, esa posibilidad queda eliminada, y el Ministerio sostiene que, ante una situación de peligro inminente de esta naturaleza, quien tiene la competencia para ingresar al inmueble es la Policía Nacional.
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Otro de los frentes afectados es el de los repartidores de domicilios vinculados a plataformas digitales. La administración anterior había expedido la Circular 86, que establecía criterios para realizar inspecciones y contemplaba una serie de indicios que podían llevar a determinar la existencia de una relación laboral entre el repartidor y la plataforma.
La nueva administración considera que este tipo de determinaciones sobre la existencia de una relación laboral deben ser revisadas por un juez, razón por la cual anunció que el protocolo para las visitas de inspección será reescrito.
También fue eliminada la Circular 057, que impartía instrucciones a los inspectores para verificar si las empresas estaban cumpliendo las disposiciones de la reforma laboral, entre ellas las reglas para los contratos a término fijo, cuyo límite fue establecido por la reforma laboral en cuatro años. No obstante, la eliminación de esta circular no modifica lo establecido directamente por la ley, sino que cambia las instrucciones administrativas que reciben los funcionarios encargados de inspeccionar a las empresas.
La Resolución 2078 también afecta la Circular 101, relacionada con la fórmula para calcular el pago del trabajo por horas y del trabajo a destajo, modalidad en la que la remuneración depende de la cantidad de productos terminados y no exclusivamente del tiempo trabajado.
El paquete incluye, además, disposiciones relacionadas con los sindicatos, entre ellas las circulares 88, sobre pliegos de condiciones, y 32, referente a permisos sindicales en entidades públicas. A esto se suman las circulares 48, 49 y 120, relacionadas con la terminación de contratos de trabajo y con procedimientos y formularios que, según la nueva administración, no quedaron claramente sustentados desde el punto de vista legal.
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