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Corte Suprema confirma libertad del expresidente Álvaro Uribe Vélez
La Sala de Casación Penal ratificó que no hubo motivación suficiente para ordenar la detención inmediata del expresidente.

La Sala de Tutelas número tres de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó, en decisión mayoritaria, el fallo del Tribunal Superior de Bogotá que concedió la libertad al expresidente Álvaro Uribe Vélez, condenado por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal.
El 1 de agosto, el Juzgado 44 Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá condenó a Uribe Vélez y ordenó su detención inmediata, concediéndole la prisión domiciliaria. Sin embargo, su defensa presentó una tutela que fue resuelta el 19 de agosto de 2025 por el Tribunal Superior, el cual revocó la orden de privación inmediata de la libertad y amparó el derecho fundamental del exmandatario a permanecer en libertad mientras se surten otros trámites judiciales.
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Tanto los representantes de las víctimas como la Fiscalía impugnaron la decisión, que llegó a la Sala de Casación Penal. Allí, la Corte consideró que aunque el juzgado de primera instancia enunció múltiples razones para justificar la captura, estas resultaron aparentes y carentes de motivación suficiente.
El alto tribunal señaló que no se evidenció en la sentencia de condena la razonabilidad ni la proporcionalidad necesarias para justificar la restricción de la libertad.
“Si el juzgado anunció la superación de un análisis de tales características no bastaba con su enunciación, debían exhibirse razones jurídicas y fácticas que la soportaran”, indicó la Sala, al advertir que solo se presentaron aseveraciones reiterativas sin fundamentos claros.
La Corte Suprema ratificó así lo que ha sostenido desde 2023: que la privación de la libertad de un condenado requiere una motivación sólida y explícita al momento de dictarse el fallo o conocerse la sentencia. La providencia recalcó el carácter excepcional de la restricción de la libertad, la necesidad de aplicar criterios estrictos y la obligación de sustentar de manera rigurosa cualquier limitación en casos específicos.
La decisión fue adoptada por mayoría, aunque se presentó un salvamento de voto de uno de los magistrados, en coherencia con sus posturas previas frente a este tipo de procesos.
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