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Consejo de Estado admite demanda contra nombramiento de directora de la ANT, Lina Garrido

El Alto Tribunal estudiará la demanda, pero mantuvo a su directora en el cargo.

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Por Agencia Periodismo Investigativo | Mié, 07/10/2026 - 11:30 Créditos: Instagram: linamariagarridooficial

El Consejo de Estado admitió la demanda de nulidad electoral presentada contra el nombramiento de Lina María Garrido Martín como directora general de la Agencia Nacional de Tierras (ANT). Sin embargo, la Sección Quinta negó la solicitud de suspensión provisional del cargo mientras avanza el proceso judicial.

La demanda fue presentada por la congresista del Pacto Histórico Laura Daniela Beltrán Palomares, conocida como Lalis, y busca que se declare la nulidad del Decreto 1149 del 10 de agosto de 2026, mediante el cual el presidente de la República y el ministro de Agricultura nombraron a Garrido Martín al frente de la ANT.

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La demandante sostiene que la funcionaria no cumpliría con el requisito de experiencia profesional relacionada exigido para ocupar el cargo. Según el argumento expuesto en la demanda, su trayectoria profesional ha estado principalmente vinculada a actividades políticas y legislativas, entre ellas su trabajo como asesora de una Unidad de Trabajo Legislativo (UTL) del Congreso y su paso por cargos de elección popular.

La accionante considera que esas actividades no tendrían relación directa con las funciones técnicas y administrativas que corresponden a la Dirección General de la Agencia Nacional de Tierras, entre ellas la formalización de tierras, la clarificación de la propiedad, la recuperación de baldíos, la extinción de dominio, la ordenación del gasto y la representación legal de la entidad.

La demanda también cuestionó el procedimiento previo al nombramiento de Garrido Martín. La congresista afirmó que su hoja de vida no habría sido publicada durante tres días en las páginas web de la Presidencia de la República y de la entidad, como establece el Decreto 1083 de 2015, y presentó capturas de pantalla como parte del material de respaldo.

Sin embargo, frente a este argumento, el Consejo de Estado encontró que el Gobierno había expedido el Decreto 1012 del 5 de agosto de 2026, mediante el cual se suspendió temporalmente, por un período de 15 días, ese requisito para los empleos de libre nombramiento y remoción del nivel directivo nacional.

Por esta razón, el alto tribunal concluyó que para la fecha en que se produjo el nombramiento existía una excepción vigente que permitía suspender temporalmente la obligación de publicar las hojas de vida en los términos cuestionados por la demandante.

En cuanto al requisito de experiencia profesional, la Sección Quinta señaló que en esta etapa del proceso todavía no existen pruebas definitivas que permitan establecer si las funciones desempeñadas anteriormente por Lina Garrido corresponden o no a la experiencia exigida para ejercer el cargo de directora general de la ANT.

Este aspecto fue determinante para que el Consejo de Estado negara la medida cautelar solicitada. Según el tribunal, no es posible establecer en esta fase del proceso, de manera clara y sin agotar la etapa probatoria, que el nombramiento de Garrido Martín sea irregular.

Por lo tanto, la discusión sobre si la funcionaria cumple con la experiencia profesional requerida deberá resolverse durante el desarrollo del proceso judicial, una vez se incorporen y valoren las pruebas correspondientes.

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